FACUA-Consumidores en Acción valora positivamente la decisión unánime de la Asamblea de Extremadura de aprobar la Propuesta de Impulso ante el Pleno 53/IX, instando a la Junta de Extremadura a elaborar y aprobar, a la mayor brevedad posible, una normativa que aumente las exigencias técnicas de seguridad que han de cumplir las llamadas estaciones de servicio desatendidas y que garantice los derechos de consumidores y usuarios, obligando a disponer de, al menos una persona responsable de los servicios que prestan, formulada por el Grupo Parlamentario Socialista. La asociación confía en que el Ejecutivo regional no demore la elaboración y aprobación de la nueva normativa para que esta pueda entrar en vigor cuanto antes.
Asimismo, FACUA reclama a la Junta que el nuevo reglamento vaya acompañado de un refuerzo en los controles e inspecciones para que asegurar la protección de los intereses de los consumidores.
La asociación ya presentó dos denuncias a instancias de su Delegación en Extremadura ante el Instituto de Consumo, dependiente de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, y ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas, dependiente de la Consejería de Economía e Infraestructuras, dado que las gasolineras desatendidas perjudican los intereses de los consumidores.
En sus escritos, FACUA recuerda que la ausencia de medios humanos en este tipo de establecimientos vulnera los derechos y la seguridad de los consumidores recogidos en el artículo 8 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
La ausencia de personal provoca, entre otras cosas, la imposibilidad de verificar que las cantidades de combustible surtidas son las adecuadas y que los surtidores funcionen correctamente, presentar una hoja de reclamaciones o solicitar una factura.
En este sentido, FACUA considera alarmante que las autoridades de Consumo extremeñas no hayan tomado medidas todavía en relación al casi centenar de establecimientos de este tipo que operan en la región.
FACUA también indica en sus denuncias que las gasolineras desatendidas vulneran especialmente la protección a las personas con algún grado de discapacidad, tal y como recoge el apartado primero del artículo 29 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. En ella se contempla que "todas las personas físicas o jurídicas que, en el sector público o en el privado, suministren bienes o servicios disponibles para el público, ofrecidos fuera del ámbito de la vida privada y familiar, estarán obligadas, en sus actividades y en las transacciones consiguientes, al cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, evitando discriminaciones, directas o indirectas, por motivo de o por razón de discapacidad".