La Corte Suprema de Chile ha declarado abusivas varias cláusulas de los contratos de líneas de crédito y sobregiro suscritos con clientes del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), por lo que ha condenado a la entidad bancaria española a pagar una sanción de más de 3.000 euros, tras una demanda del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).
Según recoge biobiochile.cl, la Primera Sala del máximo tribunal chileno aceptó el recurso de casación en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había anulado la multa al BBVA.
El Sernac interpuso la demanda por "vulneración al interés colectivo y difuso de los consumidores" en diciembre de 2011, cuando el banco informaba a sus clientes de un incremento en las comisiones asociadas a los planes de cuenta corriente. Se estudiaron los contratos en referencia y se verificó que varias de las cláusulas eran abusivas.
Una de ellas es la de "terminación inmediata del contrato" con un poder discrecional del banco, aún cuando el usuario de la cuenta corriente haya cumplido plenamente con sus obligaciones.
Asimismo, la sentencia declara nula la cláusula sobre "productos y servicios financieros del contrato de operaciones bancarias para personas naturales” y la cláusula 17, en lo relativo al mandato que se da al banco para "constituir al compareciente en avalista de obligaciones futuras en los pagarés que se emitan y suscriban en representación del cliente".