Villanueva de la Cañada, condenada a devolver a un socio de FACUA Madrid más de 2.400 euros de plusvalía

El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 11 sentencia al Ayuntamiento a reconocer las pérdidas en la venta de la vivienda.

Villanueva de la Cañada, condenada a devolver a un socio de FACUA Madrid más de 2.400 euros de plusvalía
Ángel González, socio de FACUA Madrid, ha logrado recuperar el impuesto de la plusvalía después de vender su piso por la mitad del precio que pagó por él. | Imagen: Marian Díaz / FACUA Madrid.

FACUA Madrid ha conseguido que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 11 de Madrid estime la demanda presentada por los servicios jurídicos de la organización y obligue al Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada a devolver la cantidad abonada por un socio de FACUA Madrid en relación al Impuesto del Incremento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía.

En marzo de 2016, Ángel González, socio de FACUA Madrid, vendió su piso por casi la mitad del precio por el que lo adquirió. Ese mismo mes, el consistorio de su municipio le realizó la autoliquidación del impuesto.

Un año después, el usuario, tras recibir información sobre la sentencia del Tribunal Constitucional en la que se establece la nulidad de varios artículos de ley que regula el pago de la plusvalía, decidió realizar ante el Ayuntamiento una solicitud de ingresos indebidos.

Ante la negativa del Ayuntamiento y tras conocer la plataforma creada por FACUA, Ángel se puso rápidamente en contacto con la asociación para que le gestionasen el correspondiente recurso a la Administración, en el escrito, la asociación le recordó que según se recoge en la sentencia del Alto Tribunal se vulneraba el principio de capacidad económica recogido en el artículo 31 de la Constitución.

El Ayuntamiento no atendió su petición y reiteró su negativa, por lo que la asociación decidió interponer una demanda solicitando que el juez declarase nula de pleno derecho la autoliquidación reclamada.

Disconforme a derecho

Finalmente, el juez estimó la demanda de FACUA Madrid puesto que se demostró a través del peritaje aportado por el usuario que, si no hay incremento de valor, tampoco puede haber "hecho imponible"” del impuesto.

El fallo, que es firme y ya se ha ejecutado, considera además que la actuación administrativa es "disconforme a derecho", por lo que impone al Ayuntamiento a devolver al socio de FACUA Madrid los 2.437,91 euros abonados desde un primer momento.

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