Tras la denuncia presentada por FACUA-Consumidores en Acción en julio de 2017, La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con 1.200.000 euros a Gas Natural Servicios SA (actualmente denominada Naturgy Iberia SA).
La empresa envió una comunicación a casi 50.000 clientes de gas de su comercializadora de mercado libre cuya tarifa estaba referenciada a la TUR (Tarifa de Último Recurso, regulada por el Gobierno). En ella, Naturgy les indicaba que les cambiaría automáticamente a otra tarifa salvo que plantearan expresamente su negativa llamando a un número de teléfono, ocultándoles que esa nueva tarifa encarecería su factura hasta un 14,6% y que las condiciones contractuales serían distintas.
"La modalidad de tarifa que te recomendamos"... un 15% más cara
"Viendo que tu consumo aproximado de gas es de 2.397 kWh, la modalidad de tarifa que te recomendamos es la Tarifa Estable Economy". Éste es el texto que aparecía en una de las cartas remitidas por la entonces denominada Gas Natural Servicios a los usuarios. Las tarifas recomendadas eran considerablemente más caras que las de mercado regulado (TUR), de las que laempresa no informaba en las cartas para evitar que los usuarios se den cuenta de la trampa.
FACUA denunció el fraude ante la CNMC y varias autoridades autonómicas de protección al consumidor. A mediados del año pasado, la Agencia Catalana del Consumo comunicó a la asociación que procedía a abrir expediente sancionador a Naturgy, sin que hasta la fecha ha trascendido si ha sido resuelto.
48.700 afectados
Durante la instrucción del expediente, la CNMC ha comprobado que la compañía ofertó a 48.700 clientes que tenían contratada una tarifa referenciada a la TUR a otra tarifa denominada Estable. Lo hizo sin indicar con claridad su repercusión económica, y sin informar al consumidor de que la nueva tarifa suponía un incremento en el precio del suministro. Según ha comprobado Competencia, la nueva oferta suponía un incremento de la factura de entre un 8% y un 14% (entre 30 y 42 euros al año, según el consumo del punto de suministro).
La resolución de la CNMC pone de manifiesto que la comunicación de Naturgy incumplió los apartados f) y g) del artículo 57.bis de la Ley del Sector de Hidrocarburos, al no haber informado debidamente de la modificación del contrato y del incremento de precios a los consumidores de manera transparente y comprensible.
En consecuencia, Competencia considera que Naturgy es responsable de una infracción grave de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 t) de la Ley del Sector de Hidrocarburos. La resolución fin a la vía administrativa y se podrá interponer contra ella recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.
Entre los derechos de los consumidores recogidos en la Directiva europea del mercado gasista está el de ser informados de cualquier incremento de precios del suministro de manera transparente y comprensible, y su derecho a rescindir el contrato sin ninguna penalización si no aceptan las nuevas condiciones.