El juzgado de Instrucción número 4 de Valencia ha condenado a cuatro meses de multa a razón de seis euros diarios a la trabajadora de una clínica dental por realizar una limpieza bucal sin ser higienista dental.
Según informa el diario Levante EMV, la sentencia, dictada el pasado 22 de mayo, la condena como autora de un delito de intrusismo profesional a esta multa de 780 euros, además del pago de la costas procesales, ya que, la trabajadora de la clínica dental, sin embargo, no estaba "dada de alta como higienista dental en el Colegio Oficial de Higienistas Dentales de la Comunitat Valenciana" además de no "estar en posesión del título que le habilitara para ello".
La Ley 10/1986 de 17 de marzo, señala que para realizar una limpieza de boca es necesario ser higienista dental colegiado. Fue el propio Colegio de Higienistas Dentales de la Comunitat Valenciana quien denunció el asunto tras tener constancia de los hechos y al proceso se adhirió después el Ministerio Fiscal.