Dos infracciones del artículo 18.2 de la LGCA

Multa de 377.000 euros a Mediaset por emisión de publicidad encubierta en 'Sálvame' y 'La Que Se Avecina'

La CNMC sanciona al grupo de comunicación por vulnerar la LGCA en una emisión en enero del programa de la tarde de Telecinco con 180.466 euros y la emisión de un capítulo de la serie en FDF con 196.038 euros.

Multa de 377.000 euros a Mediaset por emisión de publicidad encubierta en 'Sálvame' y 'La Que Se Avecina'
Imagen promocional del programa 'Sálvame'. | Imagen: Mediaset.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Mediaset España Comunicación, S.A. con 376.504 euros por dos infracciones del artículo 18.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA).

La CNMC considera que Mediaset, en su canal de Telecinco, ha vulnerado lo dispuesto en el artículo 18.2 de la LGCA, ya que durante la emisión del programa Sálvame del día 23 de enero de 2019, emitió, sin identificación, publicidad que pudiera ser calificada como publicidad encubierta de una revista. Por ello, ha sido sancionada con 180.466 euros.

En cuanto al otro expediente sancionador, la infracción se produjo durante la emisión de un capítulo de la serie La que se avecina, en el capítulo Un aniversario, un peluquín y una reunión de tupper-sex en FDF. Se emitió, sin identificación, publicidad que pudiera ser calificada como encubierta de una empresa de distribución y venta de juguetes y productos eróticos, y de una marca de un estimulador de próstata. La sanción por esta conducta es de 196.038 euros.

La LGCA señala en su artículo 18.2 que está "prohibida la comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales".

La CNMC recuerda que, contra esta resolución, Mediaset podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

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