La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con un total de 7.000 euros a la empresa NAG Comunicaciones 2014 SL, por infracciones de la normativa sectorial de telecomunicaciones.
En concreto, el organismo señala que ha quedado demostrado que NAG ha estado utilizando, al menos, entre el mes de marzo de 2017 y el mes de febrero de 2019, numeración de tarificación adicional 80Y sin ser el prestador de servicios de tarificación adicional habilitado de conformidad con el contrato correspondiente. La Comisión considera que cometió una infracción leve, tipificada en el artículo 78.8 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, de Telecomunicaciones, consistente en la explotación de redes o la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas sin cumplir los requisitos exigibles para realizar tales actividades establecidos en esta Ley y su normativa de desarrollo, distintos de los previstos en los artículos 6.1 y 6.2 de la misma Ley 9/2014. Por lo que le ha impuesto una multa de 2.000 euros.
Además, la Comisión indica que NAG ha estado comercializando, al menos desde el mes de marzo de 2017, numeración de tarificación adicional, sin haber comunicado previamente al Registro de Operadores su actividad de prestador del servicio telefónico fijo. Así, la CNMC declara que cometió por esto una infracción muy grave tipificada en el artículo 76.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, por la prestación del servicio telefónico disponible al público, sin haber presentado la comunicación fehaciente previa prevista en el artículo 6.2 de la Ley 9/2014, para su inscripción en el Registro de Operadores. Infracción por la que le impone una multa de 5.000 euros.
La investigación de estas infracciones se inició en enero de 2017 tras la denuncia de un operador ante la CNMC. La Comisión recuerda que contra esta resolución se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su notificación.