El Gobierno permite a las telecos que bloqueen portabilidades argumentando que los usuarios tienen deudas

FACUA exige una modificación de la normativa para restablecer el derecho de los usuarios a mantener su numeración telefónica si deciden cambiarse de compañía.

El Gobierno permite a las telecos que bloqueen portabilidades argumentando que los usuarios tienen deudas

FACUA-Consumidores en Acción advierte del recorte de derechos que supone que el Gobierno permita a las empresas de telecomunicaciones bloquear portabilidades argumentando que los usuarios mantienen deudas

La asociación se ha dirigido a la ministra de de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, al ministro de Consumo, Alberto Garzón, y al vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, para exigir que se modifique la normativa para permitir a los usuarios que mantengan una deuda con alguna operadora debido al estado de alarma conservar sus números de teléfono si deciden realizar una portabilidad.

El Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, reconoce a los usuarios de servicios de comunicaciones electrónicas el derecho a aplazar y fraccionar los importes adeudados de facturas que se hubieran presentado durante el estado de alarma. Sin embargo, esta normativa, que parte del Ministerio de Calviño, suspende el derecho de los usuarios de conservar sus números de teléfono si deciden cambiarse de compañía mientras mantienen una deuda.

En este sentido, FACUA considera inaceptable este recorte a los derechos de los usuarios, ya que hasta ahora la existencia de una deuda no impedía que se pudiera realizar un cambio de compañía, y critica que, con esta normativa, el Gobierno está dando poder a las empresas de telecomunicaciones para "secuestrar" la numeración telefónica de un usuario pese al riesgo de que la deuda que lo motive pueda ser falsa. La asociación recuerda que existen numerosos casos de deudas falsas que son reclamadas de forma irregular por las compañías.

Por otro lado, FACUA señala la trascendencia que tiene la conservación del número durante la crisis sanitaria provocada por el Covid-19, donde la comunicaciones telefónicas y online han adquirido una gran importancia para mantener el contacto con familiares, amistades, etc. durante el confinamiento y el estado de alarma.

Además, esta suspensión del derecho a conservar la numeración afecta especialmente a los consumidores más vulnerables y que han tenido mayores dificultades para atender al pago de facturas. Los recibos impagados han podido ser, precisamente, consecuencia de las dificultades a las que el usuario se ha visto expuesto con motivo del coronavirus: ERTE, despidos, necesidad del aumento de llamadas por cuestiones sanitarias, sociales o laborales, etc.

El Real Decreto-ley 19/2020 no exige en ningún momento a las operadoras que informen de la limitación de este derecho. Esto podría suponer que, si un usuario intentara contratar un paquete de servicios con otra compañía sin conocer esta suspensión, finalmente dicho paquete de servicios se "rompa" al no poder realizarse la portabilidad, lo que resultaría en un aumento del precio final que abona el consumidor e incluso en la duplicidad de prestación de servicios por parte de distintas operadoras.

Derecho a mantener el número de teléfono

FACUA incide en que tanto la legislación europea como la española han consagrado el derecho de los usuarios a mantener su numeración telefónica cuando realizan un cambio de operador.

Así, el artículo 47 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, establece "el derecho al cambio de operador, con conservación de los números del plan nacional de numeración telefónica" y que "las condiciones y procedimientos para la resolución de los contratos no deberán constituir un factor disuasorio para cambiar de operador".

El artículo 21 de la citada normativa también recoge que "los operadores garantizarán [...] que los abonados con números del plan nacional de numeración telefónica puedan conservar, previa solicitud, los números que les hayan sido asignados, con independencia del operador que preste el servicio". Lo dispuesto en estos artículos de la Ley 9/2014 es una transposición de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas.

Asimismo, el Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, reconoce a los usuarios "el derecho a celebrar contratos y a rescindirlos, así como a cambiar de operador de forma segura y rápida, con conservación del número telefónico".

El artículo 44 del Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración, también se pronuncia en este sentido, indicando que "todos los operadores de redes telefónicas públicas, y los del servicio telefónico disponible al público, deberán facilitar a los abonados que lo soliciten la conservación de sus números".

FACUA, por tanto, advierte de que la suspensión de este derecho establecida en el Real Decreto-ley 19/2020 resulta contrario a lo dispuesto por las distintas normativas sobre esta materia, incluyendo legislación comunitaria, lo que podría conllevar a que el Estado tenga que responder tanto frente a la Unión Europea como ante los propios consumidores por los daños que se les puedan causar por contravenir la normativa comunitaria.

De igual forma, la asociación considera que dicha medida no se considera proporcional ni equitativa, teniendo en cuenta que el aplazamiento y fraccionamiento de la deuda benefician tanto al acreedor como al deudor y que las operadoras ya cuentan con medios suficientes para ver satisfecho el pago de los importes adeudados sin tener que recurrir al "secuestro" del número.

Así, insta al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a que se modifique el Real Decreto-ley 19/2020 para eliminar la suspensión del derecho a conservar la numeración telefónica en el caso de realizar una portabilidad mientras se mantiene una deuda con un operador.

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