FACUA Andalucía advierte de que el sello 'Andalucía segura' no garantiza la seguridad de los usuarios

La federación critica que este certificado se esté elaborando al margen de la opinión de las organizaciones de consumidores.

FACUA Andalucía advierte de que el sello 'Andalucía segura' no garantiza la seguridad de los usuarios
Sello 'Andalucía segura'. | Imagen: Junta de Andalucía.

FACUA Andalucía advierte de que el sello 'Andalucía segura' creado por la Junta no puede garantizar la seguridad de los consumidores que acudan a un establecimiento ni que un local esté libre al 100% de contagio por Covid-19 y pide que se paralice su tramitación.

El vicepresidente de la Junta, Juan Marín, anunció el pasado 21 de mayo que ya han aprobado el diseño definitivo de este certificado, que pondrán "a disposición de todas las empresas y sectores de forma gratuita" y que finalmente va a tener la denominación de 'Andalucía segura'. Esta medida fue anunciada por Marín el pasado 14 de mayo y tiene como objetivo "dar seguridad a los usuarios que vayan a cualquier establecimiento". El sello se otorgará mediante una "declaración jurada" del propietario del comercio en el que asegure que su negocio no presenta riesgo de contagio.

En un escrito remitido a Marín, la federación incide en que este certificado traslada a los consumidores la idea de que existe riesgo cero de contagio por Covid-19 en un establecimiento, algo que resulta imposible de garantizar en todo momento, teniendo en cuenta, además, que aún no se conocen los protocolos y medidas de seguridad que van a estar vinculados a este sello.

Igualmente, el hecho de que se cumplan dichas medidas y protocolos -una vez se determinen cuáles van a ser- en un momento determinado no garantiza su cumplimiento habitual y permanente, ni elimina totalmente la posibilidad de que un usuario se vea contagiado en uno de los establecimientos con este distintivo.

FACUA Andalucía recuerda que una de las medidas que establece la Organización Mundial de la Salud (OMS) para evitar el contagio es el distanciamiento físico, que resulta difícil de controlar y hacer cumplir en determinados locales, al ser lugares con un paso continuado de personas que pueden estar o no siguiendo las recomendaciones sanitarias -uso de mascarillas, higiene de manos y superficies, etc.- y sobre los que no se puede ejercer un control continuo y permanente.

Así, la federación advierte de que el riesgo cero no existe y que, por tanto, el uso de este sello podría incurrir en publicidad engañosa por confusión y uso de distintivos y marcas de calidad sin cumplir los requisitos, según establece la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal. Si un consumidor se viera contagiado por Covid-19 en un establecimiento con este certificado podría exigir responsabilidades tanto al comercio como a la propia Administración por avalar la concesión del sello 'Andalucía segura'.

"Declaración jurada"

FACUA Andalucía considera inaceptable que la Junta proponga que este certificado se otorgue mediante una simple "declaración jurada" de la empresa, teniendo en cuenta que se anuncia como un sello para "dar a los consumidores la garantía de cumplimiento de las normas de la Organización Mundial de la Salud sobre el Covid-19".

En este sentido, la federación señala que conceder el sello mediante este protocolo supone que una empresa podría hacer uso del distintivo sin que se haya constatado que cumple con las medidas de seguridad vinculadas a la concesión del certificado.

Sin embargo, dado que el distintivo 'Andalucía segura' pretende garantizar la salud y protección de consumidores y trabajadores del sector, debe entenderse que se trata una razón imperiosa de interés general, por lo que, según la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, debe otorgarse tras un control administrativo previo y no basta una simple declaración de responsabilidad.

FACUA Andalucía, por tanto, advierte de que facilitar un distintivo que afecta directamente a la salud pública y a la protección de los derechos y seguridad sanitaria de consumidores y trabajadores mediante un procedimiento de este tipo puede suponer un incumplimiento de la normativa vigente.

No se ha contado con las organizaciones de consumidores

La federación critica que la elaboración de este certificado se haya realizado al margen de la opinión de las organizaciones de consumidores y de los órganos de decisión y de debate -Consejo Andaluz del Comercio y Consejo Andaluz del Turismo- de los que forman parte, pese a que tiene una incidencia directa en la salud de los usuarios. Así, indica que la falta de participación e información en la regulación de un distintivo que se presenta como una "garantía" para los consumidores puede suponer una vulneración del ordenamiento jurídico.

La Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía, en su artículo 21, establece como un derecho de los usuarios de servicios turísticos "participar, a través de sus organizaciones más representativas, en los procedimientos de adopción de decisiones públicas que, relacionados con el turismo, pudieran afectarles".

De igual forma, el Decreto 121/2014, de 26 de agosto, por el que se regula el régimen jurídico y el Registro de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias de Andalucía, recoge el derecho de las organizaciones de consumidores más representativas a "participar en las políticas sectoriales que afecten directamente a los intereses de las personas consumidoras".

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