Jazztel intentó cobrar a un usuario 523 euros de recibos a nombre de otra persona pero donde venía su DNI

FACUA Sevilla ha logrado que anule los recibos, ya que nunca había realizado dicha contratación con la compañía.

Jazztel intentó cobrar a un usuario 523 euros de recibos a nombre de otra persona pero donde venía su DNI

Tras la reclamación de FACUA Sevilla, Jazztel ha anulado varias facturas por un total de 523 euros a un usuario al que le intentó cobrar cuatro meses de facturas de dos líneas de teléfono que nunca había contratado con la operadora y no le pertenecían.

Fernando G.M., vecino de Sevilla, empezó a recibir en septiembre de 2019 distintos requerimientos de Jazztel para que pagara diversas facturas de dos líneas de teléfono. En total, le reclamaban 523 euros. El usuario, sin embargo, no había contratado en ningún momento con la compañía ningún tipo de servicio.

Para su sorpresa, comprobó que los recibos iban a nombre de otra persona también llamada Fernando, pero con apellidos diferentes. Tampoco coincidían los datos de facturación ni el domicilio, aunque el DNI que aparecía en las facturas sí era el suyo. El usuario decidió ponerse en contacto con Jazztel para averiguar que ocurría y solicitar que dejaran de reclamarle dicha cantidad.

La compañía se limitó a informarle de que esos datos habían sido facilitados por la persona que dió de alta las líneas, pero se negó a anular los recibos. Esto motivó a Fernando a presentarse ante la Policía para denunciar que habían utilizado un dato personal suyo sin su conocimiento.

Posteriormente, el usuario decidió entonces acudir a FACUA Sevilla para le ayudara a tramitar una reclamación contra Jazztel. El equipo jurídico de la asociación se dirigió a la compañía para instarle a que dejara de requerir los 523 euros a Fernando y anulara tanto los recibos como los contratos de las líneas telefónicas

En su escrito, la asociación indicaba que efectivamente los datos de la persona que aparecían en los recibos no coincidian con los de Fernando -salvo el DNI- por lo que no resultaba procedente que le intentaran cobrar al usuario dichas facturas.

Jazztel no pudo acreditar que el usuario contrató con ella

La Orden ITC/1030/2007, de 12 de abril, por la que se regula el procedimiento de resolución de las reclamaciones por controversias entre usuarios finales y operadores de servicios de comunicaciones electrónicas y la atención al cliente por los operadores, indica que "a los efectos probatorios de la celebración de un contrato, será el operador el que deba acreditar que la contratación de un determinado servicio se ha producido" y que "en la contratación con consumidores y usuarios debe constar de forma inequívoca su voluntad de contratar".

En este sentido, Jazztel no tenía forma de acreditar que Fernando había contratado con ella. Es más, en su respuesta a la asociación, aportó el contrato de una de las líneas telefónicas sin firmar por usuario alguno e indicó que "debido a una imposibilidad técnica" no había sido posible recuperar el contrato de la segunda.

Así, tras la reclamación de la asociación, Jazztel reconoció el error y anuló las facturas por valor de 523 euros que le venía reclamando a Fernando y los dos contratos.

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