Tras la actuación de FACUA Sevilla, el Juzgado de Primera Instancia número 24 de la ciudad ha condenado a Orange a retirar de un bloque de edificios la antena que mantenía situada en su azotea pese a que la comunidad de propietarios decidió rescindir el contrato por su instalación.
La comunidad de propietarios de un bloque de edificios situado en la barriada de San Diego, en Sevilla, suscribió en 1998 un contrato de arrendamiento con Siemens SA para que la compañía instalara una estación Base de telefonía -una antena- en su azotea, que posteriormente fue cedido a Orange por parte de la empresa. El contrato quedaba fijado con una duración inicial de cinco años, que podía prorrogarse en periodos sucesivos de otros cinco años.
En septiembre de 2018, la comunidad de propietarios comunicó a Orange su voluntad de rescindir el contrato y de que la operadora retirara de la azotea del edificio la antena. El contrato de arrendamiento indicaba claramente que, tras un periodo de vigencia de 20 años, "ambas partes podrán ejercer su derecho a no renovar el contrato comunicando su intención a la otra parte".
Orange, en su respuesta, se negó a atender la petición de la comunidad, indicando que "esta parte se opone de forma expresa y no acepta la resolución del contrato anunciada, lo que conllevará necesariamente la resolución judicial del mismo".
Ante esta situación, la comunidad de propietarios decidió acudir a FACUA Sevilla para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación se dirigió a Orange para instarle a que diera por resuelto el contrato y abandonara la azotea del edficio.
La compañía volvió a negarse a resolver el contrato, instanto una vez más a acudir a la vía judicial si querían conseguir que retirara la antena del bloque.
El juzgado resolvió a favor de los propietarios
FACUA Sevilla, ante las continuas negativas de Orange, decidió acudir a tribunales para interponer una demanda contra la compañía.
En su escrito, la asociación reiteró una vez más la voluntad de la comunidad de propietarios de resolver el contrato, que en su propio texto facultaba a las partes para no renovarlo tras un periodo de vigencia de 20 años -que finalizó en 2018-.
Además, FACUA Sevilla también indicaba que durante el periodo de arrendamiento la compañía no se había hecho cargo en ningún momento del mantenimiento de la antena y de la zona en la que se asentaba. Los vecinos del bloque habían denunciado en diversas ocasiones el mal estado de conservación -ruidos constantes por falta de mantenimiento, limpieza inadecuada, charcos de agua que provocan humedades en las viviendas de debajo etc.-, lo que motivó en parte el deseo de la comunidad de no revonar el arrendamiento, ya que la empresa nunca llegó a preocuparse por solucionar dichas deficiencias.
Finalmente, el Juzgado de Primera Instancia número 24 de Sevilla ha resuelto a favor de la comunidad de propietarios del bloque, condenando a Orange a retirar del edificio la antena y al pago de las costas del juicio, que se han tasado en 946 euros.
"Procede a admitir a trámite la demanda y [...] requerir a la parte demandada para que en el plazo de 10 días desalojen el inmueble", indica la sentencia. Orange ya ha desinstalado la Base de telefonía de la azotea del bloque.