Santander devuelve 255 euros de comisiones a una usuaria a la que cambió el contrato sin su conocimiento

FACUA Sevilla ha logrado que le reintegre dicha cantidad ya que la afectada no fue informada de la modificación de las condiciones.

Santander devuelve 255 euros de comisiones a una usuaria a la que cambió el contrato sin su conocimiento
Imagen: Europa Press.

Tras actuar FACUA Sevilla, Banco Santander ha devuelto a una usuaria 255 euros de comisiones que le cobró tras cambiarle las condiciones del contrato sin informarla previamente de ello.

Marta M.P., residente en Sevilla, mantenía contratada con Banco Santander una cuenta corriente. En enero de 2020, revisando los extractos de la cuenta, descubrió que la entidad le había cobrado tres comisiones en concepto de "administración", "mantenimiento" y "descubierto", por un total de 255 euros, a pesar de que cuando firmó el contrato en ningún momento se le informó de que se le iban a aplicar dichas comisiones.

La usuaria decidió entonces dirigirse a las oficinas del Santander para aclarar el origen del cobro. Para su sorpresa, allí le comunicaron de que el Santander había realizado una modificacion de las condiciones del contrato ese mismo mes, lo que le permitía cobrar comisiones por ese concepto. El cambio fue realizado sin informar previamente a Marta de ello.

Ante esta situación, la afectada acudió a FACUA Sevilla para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación se dirigió al Santander para instarle a que devolviera a Marta los 255 euros, ya que al no haber sido informada del cambio de condiciones no había podido "decidir acerca de rescindir o no el contrato de cuenta unilateralmente y sin coste asociado, tal y como dispone la norma".

Así, el artículo 33 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, indica que "el proveedor de servicios de pago deberá proponer cualquier modificación de las condiciones contractuales [...] con una antelación no inferior a dos meses respecto de la fecha en que entre en vigor la modificación propuesta".

De igual forma, el Banco de España también recoge en su página web que "si la modificación de las condiciones resultan favorables al cliente, el banco puede aplicarlas inmediatamente. Si no es así, el banco debe comunicar la modificación contractual de forma individualizada, con una antelación mínima de dos meses respecto de la fecha de su entrada en vigor y de forma independiente de los documentos de liquidación de las operaciones".

Finalmente, tras la reclamación de FACUA Sevilla, Banco Santander ha procedido a devolver a Marta los 255 euros de las comisiones, que habían sido cobrados de forma indebida. "Informarles que se han cursado instrucciones para que se proceda a la retrocesión de las comisiones que nos ocupan", han indicado en su respuesta.

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