Movistar cobró 158 euros a una usuaria por no entregar un router que la teleco estaba obligada a recoger

FACUA Galicia ha conseguido que le devuelva dicha cantidad. Dado que los técnicos de la compañía instalaron el aparato en el domicilio de la afectada, debía encargarse de retirarlo tras la baja del contrato.

Movistar cobró 158 euros a una usuaria por no entregar un router que la teleco estaba obligada a recoger

Tras la actuación de FACUA Galicia, Movistar ha devuelto a una usuaria 158 euros de una penalización irregular por no devolver el router cuando se dio de baja de la compañía, pese a que la obligación de recogerlo de su domicilio era de la teleco.

Alicia R.F., residente en la localidad de Nigrán, en Vigo, mantenía con Movistar un contrato por un servicio de fibra que decidió dar de baja en noviembre de 2018. Poco después, recibió dos facturas -de 84,70 y 73,51 euros, respectivamente- por el mismo concepto: una penalización por no haber entregado el router en un establecimiento de la compañía una vez había finalizado el servicio de internet.

Ante esta situación y la negativa de Movistar a devolver el dinero y pasar a su domicilio a recoger el router tal y como era su obligación, la usuaria decidió acudir a FACUA Galicia para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos.

El equipo jurídico de la asociación se dirigió a la compañía para instarle a la devolución de los 158 euros, ya que los cobros habían sido indebidos, pues no podía penalizar a Alicia por una acción que le correspondía ejercer a la empresa.

Así, FACUA Galicia indicó que, dado que el router lo había traído el técnico a la vivienda de la usuaria cuando fue a configurarle el servicio, su recuperación debía gestionarla la propia compañía enviando un mensajero, no pudiendo dejar en manos de la afectada su entrega y penalizándola en caso de no hacerlo.

Por otra parte, el Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, establece, en su artículo 3, el derecho a "celebrar contratos y a rescindirlos, así como a cambiar de operador de forma segura y rápida, con conservación del número telefónico".

De igual forma, en su artículo 7, indica que "el operador se abstendrá de facturar y cobrar cualquier cantidad que se haya podido devengar, por causa no imputable al usuario final, con posterioridad al plazo de dos días en que debió surtir efectos la baja".

Movistar, en su respuesta, se negó a atender a la reclamación de la asociación, limitándose a indicar que según las condiciones del contrato "en caso de que el cliente no proceda a la devolución del modem/router en el plazo indicado [...] ésta facturará en concepto de penalización al cliente el precio de dicho módem/router, considerando su antiguedad".

FACUA Galicia solicitó un arbitraje de consumo

Debido a la negativa de la compañía, FACUA Galicia decidió dirigirse al Instituto Galego de Consumo (IGC) para solicitar un arbitraje de consumo que resolviera la situación.

En el escrito, la asociación solicitaba al organismo que dictaminase la anulación de las facturas, la devolución de las cantidades cobradas y la obligación de la compañía a recoger el router de casa del afectado.

Finalmente, antes de que se celebrara el arbitraje de consumo, el IGC informó de que Movistar no iba a presentarse al mismo, y que les había comunicado que procedían a la devolución de los 158 euros y a recoger el equipo. Alicia ya ha recuperado su dinero.

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