FACUA-Consumidores en Acción valora positivamente que el Tribunal Supremo (TS) haya dictaminado anular el recorte de plazos entre las inspecciones de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) tras las prórrogas aprobadas durante el estado de alarma, que ha provocado que el periodo de validez de muchos vehículos se haya visto acortado.
La asociación había reclamado en junio al Gobierno que el periodo de validez tuviera en cuenta las prórrogas del estado de alarma y contara desde que se pudo hacer efectiva la inspección, y no desde la fecha en la que inicialmente debía pasarla, tal y como recoge la Orden Ministerial sobre la que se ha pronunciado el TS.
El auto del Supremo suspende así el apartado de dicha Orden que recogía que "no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas".
"El interés que esgrime el abogado del Estado se enfrenta al interés, también atendible, de que no se abonen tasas por inspecciones sucesivas practicadas en plazos cortos, cuya necesidad para la seguridad vial puede ser discutida y con pérdida de horas para los propietarios de vehículos y para el sector económico que representan los recurrentes en un trámite burocrático", indica el Supremo, que ha añadido que, al pasar en un corto periodo de tiempo dos revisiones, "es necesario demostrar como algo necesario por ser repetido en plazos breves".
En este sentido, FACUA advertía de que dicha Orden supone un claro perjuicio para los usuarios al acortar el periodo de validez de los certificados respecto al criterio general que establece la legislación -que se ha aplicado incluso cuando la ITV se pasaba con retraso en periodos anteriores al estado de alarma-.
Además, hace recaer esta disminución del tiempo de validez sobre usuarios que se vieron directamente imposibilitados para llevar su vehículo a inspección, debido a las distintas restricciones que impuso el estado de alarma.
Ahora, falta por resolver si la suspensión del TS se aplicará de manera retroactiva a todos aquellos vehículos que ya han realizado la inspección de la ITV y a los que se les aplicó la Orden Ministerial, acortando su plazo de vigencia.
Diferencias de hasta el 169% en las tarifas
En su último estudio, FACUA ha detectado diferencias de hasta un 169% en las tarifas de la ITV para los turismos con motor de gasolina y de un 95,5% en los vehículos diésel, en función de la comunidad autónoma en la que se realice. El precio medio en las diecisiete comunidades en la actualidad es de 34,31 euros para los primeros y de 41 euros para los segundos.