Tras la actuación de FACUA Madrid, Vodafone ha devuelto a una usuaria 1.215 euros que le cobró indebidamente durante dos años pese a que realizó una portabilidad a otra compañía en 2017.
Patricia García Domínguez, residente en la localidad madrileña de Alcalá de Henares, decidió realizar en diciembre de 2017 una portabilidad de todos los servicios que tenía contratados de telecomunicaciones (televisión, fijo, móvil e internet) de Vodafone a otra operadora debido a un traslado de domicilio.
La nueva compañía le informó de que al ser un traslado de localidad únicamente se podría realizar la portabilidad de las líneas móviles, teniendo que llevar a cabo un alta nueva para la línea fija e internet en su nuevo domicilio. La usuaria decidió aceptar puesto que en la llamada le aseguraron que le darían de baja de los demás servicios con Vodafone.
Para su sorpresa, en los meses siguientes descubrió que Vodafone le seguía pasando facturas por los servicios no portados a la nueva teleco. La afectada contactó entonces con su antigua operadora para solicitar la baja de dichos servicios, pero la empresa únicamente le informó de que recibiría un código de SMS en su teléfono móvil para poder tramitar la baja a través de la web.
Una vez recibido el mensaje y ante la desconfianza que le había generado la situación, decidió ponerse en contacto de nuevo con la compañía para hacer efectiva la baja y solicitar además que la documentación referente a la misma fuese enviada a su correo electrónico, sin que nunca llegaran a remitírsela.
A pesar de ello, desde marzo de 2018, fecha en la que solicitó la baja, hasta noviembre de 2019 Vodafone le siguió emitiendo nuevas facturas. El servicio de atención al cliente nunca llegó a atender sus requerimientos ni le facilitó las facturas en papel. En total, la compañía llegó a cobrarle 1.215,94 durante esos dos años.
No se pueden facturar cantidades con posterioridad a dos días desde la baja
Ante esta situación, Patricia decidió acudir a FACUA Madrid para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación se puso en contacto con la teleco instándole a la devolución del dinero, ya que desde 2018 no mantenía ninguna relación contractual con la empresa que justificara dichos recibos.
En el escrito, FACUA Madrid recordaba que el artículo 62 del Real Decreto 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, especifica que "el consumidor y usuario podrá ejercer su derecho a poner fin al contrato en la misma forma que lo celebró".
Por su parte, el artículo 7 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, indica que "el operador se abstendrá de facturar y cobrar cualquier cantidad que se haya podido devengar, por causa no imputable al usuario final, con posterioridad al plazo de dos días en que debió surtir efectos la baja" de un contrato.
Además, el artículo 1.256 del Código Civil recoge que "la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes".
Finalmente, tras las reclamaciones de FACUA Madrid, la operadora ha devuelto a Patricia los 1.215,94 euros que pagó de más, correspondientes a las facturas emitidas desde que solicitó la baja con Vodafone.