960 euros: Vodafone exigió una penalización récord a un usuario tras pedir la baja por facturas infladas

Tras la actuación de FACUA, la compañía ha anulado las facturas con todas las cantidades que le reclamaba. Le aplicó una tarifa que llegó a multiplicar por cuatro la oferta contratada.

960 euros: Vodafone exigió una penalización récord a un usuario tras pedir la baja por facturas infladas
Imagen: Europa Press.

Tras la actuación de FACUA Castilla y León, Vodafone ha anulado una deuda de 1.770 euros que reclamaba a un usuario tras no haberle aplicado nunca una promoción contratada, enviándole facturas que llegaban a multiplicar por cuatro la tarifa. Al solicitar la baja, la compañía quiso aplicarle una penalización de 960 euros.

José R.S., residente en León, contrató en julio de 2018 una oferta con Vodafone que consistía en telefónia fija, dos líneas de móvil, fibra y televisión, todo ello por 70 euros al mes. Sin embargo, la compañía empezó a enviarle recibos por importes superiores a esa cantidad, de entre 110 y 290 euros.

Tras varios intentos de que la compañía resolviese la irregularidad, sin éxito, el usuario decidió empezar a devolver algunas de las facturas al considerarlas incorrectas y solicitó su rectificación. Finalmente, cansado de la actitud de Vodafone, que no daba respuesta a sus reclamaciones, decidió solicitar la baja de la compañía en abril de 2019.

960 euros de penalización

Para su sorpresa, Vodafone le envío un recibo por el mes de abril de 1.028,45 euros, de los que 960 pertenecían a una penalización por un supuesto incumplimiento de permanencia, desglosados en cuatro cargos de 240 euros cada uno. Además, le reclamó las facturas que había devuelto. En total, le requería 1.772 euros de deuda.

José decidió acudir entonces a FACUA Castilla y León para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación se dirigió a Vodafone instándole a que anulara la deuda de 1.772 euros que le requería y rectificara las facturas, aplicándole el precio de 70 euros que había contratado.

FACUA Castilla y León recordaba que el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, indica en su artículo 61.2 que "el contenido de la oferta, promoción o publicidad, las pretensiones propias de cada bien o servicio, las condiciones jurídicas o económicas y garantías ofrecidas serán exigibles por los consumidores y usuarios".

De igual forma, el artículo 5.1 del Real Decreto 899/2009,de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, establece como derecho de los usuarios "recibir el servicio en las condiciones pactadas con ellos", entre otros.

Además, el artículo 11.24 del Código Civil recoge que "la facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe. El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos".

La Administración ha obligado a Vodafone a anular la deuda

Vodafone, en su respuesta, se reiteró en que José debía abonarle los 1.772 euros de deuda y afirmó que en sus sistemas no aparecía dicha oferta de 70 euros, sino que la tarifa que había contratado el usuario era de 210 euros, pero sin aportar ninguna prueba que respaldara su argumento.

Ante la negativa de la compañía, FACUA Castilla y León se dirigió a la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, dependiente de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, para que obligara a Vodafone a anular la deuda y rectificar las facturas.

En referencia al argumento de Vodafone de que la oferta del usuario era de 210 euros y no de 70, la Administración ha indicado en su resolución que "el operador en su informe no ha aportado documentación que acredite el plan de precios contratado por el reclamante (no aporta copia del contrato debidamente firmado ni grabación de voz con validez contractual)".

También ha estimado la anulación de los 960 euros de penalización y ha señalado que "esta Secretaría de Estado debe manifestar que, de acuerdo con la normativa mencionada, el cobro de cantidades por el mero hecho de darse de bajaconstituye un obstáculo injustificado a este derecho".

"Por consiguiente", afirma la Secretaria de Estado, "teniendo en cuenta que no se ha demostrado, por parte del operador, que la cantidad que pretende cobrar se corresponda con beneficios realmente disfrutados por el reclamante, procede estimar la reclamación".

Finalmente, tras la actuación de FACUA Castilla y León y la resolución de la Administración, Vodafone ha procedido a anular los 1.772 euros que reclamaba a José.

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