Vodafone continuó inflando los recibos un año a una usuaria pese a admitir que la facturación era errónea. Tras la actuación de FACUA Sevilla, la compañía ha devuelto a la afectada los 360 euros que le cobró de más de forma indebida durante ese tiempo.
Elisa G.G., residente en Sevilla, contrató en mayo de 2019 una oferta ofrecida por Vodafone por la cual abonaría la cantidad de 134,60 euros al mes. Consistía en un servicio de línea telefónica, tanto para ella como para tres familiares más, fibra en su domicilio y varios extras de paquetes de televisión. Sin embargo, las facturas jamás se ajustaron a las condiciones establecidas en la oferta, puesto que reflejaban un cobro de 190 euros cada mes.
Ante esta situación y desde el inicio de la misma, la afectada se puso en contacto en reiteradas ocasiones durante más de un año con la compañía para solicitar una aclaración al respecto. En todo momento le informaron de que se trataba de un error, pero las facturas continuaron emitiéndose de forma incorrecta.
Por lo tanto, la afectada decidió acudir a FACUA Sevilla en septiembre de 2020 con la finalidad de que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación se dirigió a Vodafone para reclamar una rectificación de todas las facturas afectadas, aplicando a las mismas la promoción de 134,60 euros y teniendo que reembolsarle, por tanto, los 360 euros que le había cobrado de más en total durante todo ese tiempo.
La asociación señaló que se había producido un incumplimiento en las condiciones promocionales que en su día ofertaron a Elisa que, además, habían sido determinantes para que decidiera contratar los servicios con Vodafone.
En el escrito, FACUA Sevilla recordó el artículo 61 del Real Decreto Legislativo 1/2007, que estipula que "el contenido de la oferta, promoción o publicidad, las prestaciones propias de cada bien o servicio, las condiciones jurídicas o económicas y garantía ofrecidas serán exigibles por los consumidores y usuario, aun cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido y deberán tenerse en cuenta en la determinación del principio de conformidad con el contrato".
Por otra parte, la asociación también señaló que en el artículo 12 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, se establece que "antes de contratar, los operadores de comunicaciones electrónicas deben poner a disposición del usuario final de forma clara, comprensible y adaptada a las circunstancias la información veraz, eficaz, suficiente y transparente sobre las características del contrato, en particular sobre sus condiciones jurídicas y económicas y de los servicios objeto del mismo".
Finalmente, tras la reclamación de la asociación, Vodafone ha notificado que ha procedido a tramitar un abono de 356,90 euros correspondientes a las cantidades que había cobrado de más en las facturas. Elisa ya ha recibido el dinero.