FACUA Extremadura se ha dirigido al Ayuntamiento de Plasencia, en Cáceres, para instarle a que permita a los usuarios solicitar la devolución de los abonos que hubieran comprado para disfrutar de la piscina municipal, tras el anuncio de su clausura para la limpieza de sus aguas.
El Consistorio placentino ha emitido un comunicado en el que ha informado del cierre temporal de las instalaciones al haber detectado en las análiticas de agua "la existencia de altos niveles de pseudomonas cuyo único tratamiento pasa por un intenso proceso de hipercloración y limpieza específica". Como consecuencia, la piscina no estará abierta al público hasta que se resuelva el problema.
El comunicado del Ayuntamiento continúa indicando a las personas que hubieran adquirido una entrada para la instalaciones que pueden solicitar el cambio para cualquier otro día. Sin embargo, no informa en ningún caso de la posibilidad de reembolsar el dinero de dichos abonos.
En este sentido, FACUA Extremadura advierte de que el Ayuntamiento debe ofrecer a los vecinos tanto el cambio de fecha por otro más adelante como la devolución de los importes abonados, ya que puede que haya usuarios que o bien no deseen utilizar el paso en otra fecha o bien no puedan disfrutar de él más adelante.
Así, la asociación recuerda que el artículo 1.124 del Código Civil recoge que "la facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe. El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos".
De igual forma, el artículo 1.256 de la citada normativa indica que "la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes", mientras que el 1.258 establece que "los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley".
Por otra parte, el artículo 32 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público afirma que "los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley".
Por todo ello, FACUA Extremadura insta al Ayuntamiento de Plasencia a que habilite la opción de reembolso de las entradas de la piscina municipal para aquellos usuarios que así lo soliciten.
Asimismo, FACUA anima a todos los usuarios que se encuentren con problemas de esta índole en sus localidades que pueden acudir a la asociación para que valore la realización de actuaciones en defensa de sus derechos.