Vodafone ha renunciado a quedarse con cerca de 900 euros en concepto de un compromiso de permanencia inventado y del que no informó a una usuaria. Esta llegó a recibir llamadas y mensajes en los que se la amenazaba con ir a la cárcel. La intervención de FACUA Sevilla ha logrado la victoria de su socia, ya que la telefónica no pudo acreditar en ningún momento que hubiese mencionado el susodicho compromiso de permanencia.
Mª Dolores Díaz Alacid tenía contratada una oferta con Vodafone, consistente en la movilidad dos líneas por la que su factura tendría un descuento del 50%. Aplicado este, el monto debía ascender a 48 euros, a los que se le sumarían otros 10 por la cuota de financiación de un terminal nuevo.
Al cabo de 11 meses, a punto de terminar la promoción, la usuaria recibió una llamada en la que Vodafone le ofrecía prolongarla un año más, a lo que ella accedió. Mª Dolores asegura que no le dijeron nada acerca de un compromiso de permanencia. Consciente en todo momento de ello, y dado que una factura tras otra excedía los 58 euros pactados, decidió rescindir el contrato 10 meses después de la renovación.
Al cabo de unas semanas recibió de Vodafone una penalización en su cuenta de 892 euros, que figuraba como "cargo por compromiso por descuento". No dudó en pedir al banco que devolviesen el recibo, segura de que se trataba de un error.
"Esa gente daba miedo"
"Me llamaban diciendo que eran abogados y que me iban a llevar a la cárcel. Luego me dijeron en FACUA que solo es gente que sabe algo de leyes, pero no abogados, y que lo más probable es que no me llevasen a ningún sitio. La verdad es que daban miedo". Mª Dolores estaba recibiendo mensajes y llamadas de una empresa de recobros. Así que ella, socia de FACUA Sevilla, acudió a la asociación para que defendiese sus derechos en este caso.
Tras analizar todos los datos, la organización envió un escrito a Vodafone solicitando que aportase una grabación de la conversación que mantuvo con su clienta cuando negoció renovar su contrato. En caso de no poder acreditar que se mencionase un compromiso de permanencia, la deuda debía ser anulada.
Como apoyo a su reclamación, FACUA Sevilla mencionó el artículo 60 del Real Decreto-Legislativo 1/2007, del 16 de noviembre, que establece que "antes de contratar, el empresario deberá poner a disposición del consumidor y usuario de forma clara, comprensible y adaptada a las circunstancias, la información relevante, veraz y suficiente sobre las características especiales del contrato, en particular sobre sus condiciones jurídicas y económicas".
Vodafone alegó que no todas las llamadas a su servicio de atención al cliente se graban, sino solo algunas y de manera aleatoria. La que había la afectada no era una de ellas. Efectivamente, la deuda de 892 euros ha sido anulada.
"Claro que estoy contenta", remarca al teléfono Mª Dolores, "y tengo claro que voy a seguir siendo socia. No sé lo que me puede pasar en el futuro, a mí o a los míos".