En un recurso de reposición primero y ante el Juzgado Contencioso administrativo después. FACUA Jaén ha hecho prevalecer los intereses de una de sus socias frente al Ayuntamiento de esta ciudad, que pretendía cobrarle cerca de 9.000 euros de plusvalía muncipal por una venta a pérdidas de dos bienes inmuebles. En un primer momento el consistorio consintió en una rebaja de unos 4.300 euros en el tributo. Finalmente, y tras ir a juicio, ha devuelto lo abonado por la afectada y renunciado a cualquier cobro.
En 2003, Elena García Idáñez recibió como herencia un piso y una plaza de garaje, si bien solo como copropietaria. Otro nuevo deceso en 2005 y la compra de su parte a otro heredero en 2006 la hicieron la única titular de los bienes. Ambos tenían un valor de algo menos de 245.000 y de poco más de 23.000 euros, respectivamente.
Fue en 2019 cuando decidió vender por un precio inferior las propiedades: 170.000 y 20.000 euros. "El piso y la cochera llevaban en venta 15 años. Allá por 2008 estuvimos a punto de recibir cerca del doble, pero la cosa no salió", cuenta Elena. "Entonces", prosigue, "al jubilarnos mi marido y yo, con el mercado tal y como está, con otras tres hipotecas y la situación tan incierta que hay, decidí vender".
"Una casualidad cósmica"
Pese a que vendía a pérdidas –esto es clave, como veremos–, el Ayuntamiento de Jaén le envió sendas notificaciones de liquidación en diciembre de 2020: pretendía cobrarle cerca de 9.000 euros de Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, comúnmente conocido como plusvalía municipal.
Se trata de un impuesto directo y objetivo que grava el incremento del valor de los bienes inmuebles durante el periodo en que pertenecen al vendedor, y que se aplica en el momento de su transmisión. Su razón de ser está en la subida del precio de los suelos urbanos. En este caso aplicarlo era ilegítimo, como ha confirmado la justicia.
Elena es socia de FACUA Jaén desde 2015. "Nos han resuelto bastantes asuntos ya, aunque el más gordo, este", apunta. El caso es que en un principio no se planteó recurrir el cobro. "El que nos enterásemos fue, como dicen los 'frikis', una 'casualidad cósmica': ese mismo día, FACUA publicó en el boletín de noticias que recibimos los socios un caso en Madrid. Gracias a eso nos enteramos de que no teníamos por qué pagar el impuesto".
Manos a la obra
Siguiendo el procedimiento establecido, el equipo jurídico de FACUA Jaén presentó un recurso de reposición ante el mismo Ayuntamiento de Jaén. En él, esgrimía ya el argumento clave: su representada no tenía por qué pagar, ya que la transmisión de bienes no había generado un incremento, sino un decremento de valor.
En este sentido se había pronunciado el Tribunal Constitucional en una sonada sentencia de mayo de 2017, en la que declaraba "inconstitucionales y nulos" los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales de 2004. Desde entonces, no se puede aplicar el impuesto si no ha habido un incremento en el valor de los inmuebles (como en el caso que nos ocupa).
La respuesta del consistorio jienense, nueve meses más tarde, se apoyaba en un informe pericial realizado al efecto y estimaba solo en parte el recurso: insistía en cobrar el tributo pero rebajando el importe a algo más de 4.700 euros. Para ello, usaba como referencia el dinero recibido en 2019 a cambio de los dos bienes inmuebles (190.000 euros) como si fuese solo el de la vivienda (por el que Elena en realidad cobró, recordemos, 170.000). Y con esa argucia, el Ayuntamiento inventó que entre 2003 y 2019 había habido un aumento del valor del piso.
Pese a que no estaba conforme y sabiendo que iría a los tribunales, la afectada asumió el pago para evitar consecuencias mayores, como un embargo: "Si lo tienes que pagar, lo vas a hacer antes o después. Y si no, te devolverán lo que diste".
Otra victoria de FACUA
Así pues, FACUA Jaén, en representación de su socia, presentó un recurso en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo. En su sentencia, el magistrado decidía estimarlo.
Elena, que ya tiene el dinero del impuesto que nunca debieron cobrarle, cree que merece la pena reclamar. Y que es más efectivo hacerlo con un buen respaldo jurídico: "En casos como estos, en que te enfrentas a todo un ayuntamiento, estás indefensa. Pero FACUA, con los años que lleva en esto, tiene una cantidad de casos, una fuente de jurisprudencia tan vasta, pues es normal que funcione mejor".