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Festivales: no sin mi bocadillo

Con la vuelta a la normalidad, son muchas las promotoras de eventos musicales que están imponiendo un año más la prohibición de entrar al recinto con alimentos del exterior, una medida a todas luces abusiva.

Por Nacho Tudela

"Quiero mi bocadillo, quiero mi bocadillo, quiero mi bocadillo". Con esta frase el inigualable Homer Simpson "ejercitaba" su derecho a comprar un bocadillo mientras sus compañeros en la central nuclear de Springfield se manifestaban para obtener seguro médico y otros derechos laborales en un gag de la cuarta temporada de Los Simpson (1989).

Hago mías estas palabras de Homer para reivindicar un derecho que queremos muchos de los que, aprovechando el verano, acudimos a las decenas de festivales de música que se celebran por todo el país: el de acceder al recinto del evento con nuestros propios alimentos, que hemos comprado en el exterior o que traemos desde casa.

Un derecho que ciertamente ya tenemos, pero que muchas empresas promotoras de estos espectáculos pretenden negarnos mediante la imposición de cláusulas, a todas luces abusivas, en las condiciones de acceso a los festivales. De esta manera pretenden inflar los beneficios que ya ganan mediante la venta de entradas y abonos obligándonos a comprar comida en los puestos y establecimientos que suelen colocarse en el interior, con precios tan absurdos como dos o tres euros por una simple botella de agua de menos de medio litro.

Así, no nos extraña leer en las páginas web de los distintos festivales que se prohíbe entrar con comida y bebida del exterior, en muchos casos alegando "motivos de seguridad", para acto seguido indicarnos que podemos comprar alimentos dentro. Debe ser que los bocadillos que se venden en dichos puestos son menos peligrosos que el que me hice en casa. Creo que es por el tipo de pan.

Y si, aún así, cometemos la osadía de intentar entrar al recinto con ellos, seguro que a más de uno y de una le suena la situación de que, en el control de acceso, nos hagan tirarlos para dejarnos entrar. Recuerdo una ocasión, hace ya algunos años, en un concierto de Bruce Springsteen: a una pareja que iba delante en la cola quisieron obligarles a tirar el puré que habían traído para su hijo, de apenas dos o tres años y al que llevaban con ellos al espectáculo.

Afortunadamente, la intervención indignada de varias personas de las que estábamos en la cola hizo que les dejaran pasar con la comida. Pero esto no debería ser necesario. Lo cierto es que diferentes informes de órganos de la Administración y sentencias judiciales han establecido que no se puede prohibir el acceso con alimentos del exterior. Y aquí da igual que se trate de un festival o incluso de unas salas de cine, otras habituales en incurrir en esta abusividad para conseguir más beneficios.

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha recogió, a vueltas de esta prohibición, que "resulta irrazonable entender la limitación de la capacidad de elección del consumidor" y que "si se limita la posibilidad acceder a la sala en función de la procedencia de los productos y sólo se pueden consumir los adquiridos en su interior, resulta que de manera indirecta se está imponiendo que utilice servicios que en principio no ha solicitado pero que se ve forzado a pedir a la propia empresa".

Además, la entonces Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) -ahora, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan)-, publicó en 2016 un informe, también relacionado con la prohibición en cines, en el que concluía que existía una "cláusula abusiva" ya que el consumidor "se ve privado de la prestación principal, de forma injustificada, habiendo abonado la entrada, en base a una limitación impuesta unilateralmente respecto a un servicio accesorio que no ha solicitado, y teniendo en cuenta que la actividad básica de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida".

Esto es, por loco que parezca, los festivales de música no se dedican a la venta de alimentos sino al montaje y celebración de espectáculos musicales, por lo que la prohibición de acceso es claramente abusiva. Y así lo hemos entendido también desde FACUA-Consumidores en Acción, dónde desde hace varios años estamos desarrollando todos los veranos campañas de denuncia de los festivales que incurren en dicha practica.

Con la Administración hemos topado

Pero aquí nos encontramos con un problema: la falta de una actuación contundente por parte de las autoridades de consumo y de sanciones que sean lo suficientemente significativas como disuadir a las empresas de incurrir en el mismo abuso nuevamente.

Son varios los festivales que FACUA ha denunciado de forma consecutiva varios años, sin que desde la Administración hayan siquiera informado de si han hecho actuaciones contra los promotores o si han impuesto multas. Y si llegado el caso las imponen, son tan escasas que a las empresas les sale a cuenta volver a cometer la irregularidad, ya que obtienen mucho más beneficio económico con ellas que el que pierden afrontando la sanción.

Además, hay algunas comunidades autónomas que, sucumbiendo al lobby empresarial, han decidido introducir en sus textos legislativos dicha prohibición de acceder a eventos con comida del exterior. Una postura incomprensible que se alinea en contra de los derechos de los usuarios al limitar que puedan disfrutar de un espectáculo que, como bien hemos señalado, nada tiene que ver con la ingesta de alimentos.

Pese a todo, desde FACUA seguimos en nuestro empeño de denunciar a todo aquel festival que impida entrar con alimentos adquiridos en el exterior, y ya son algunos los eventos que han eliminado dichas prohibiciones, permitiendo que todo asistente que así quiera pueda traer su propia comida o bebida y disfrutar de ella tranquilamente mientras contempla los conciertos.

"Shut up and take my money"

Desgraciadamente, esta práctica no es la única que venimos encontrándonos en FACUA en los últimos tiempos. Con la extensión de las pulseras cashless y otros nuevos métodos de pago en el interior de los recintos de los festivales, ya hay promotoras a cuyos responsables se les han puesto las pupilas con la forma del símbolo del dólar.

Así, estamos viendo cláusulas en las que, tras imponer como único medio de pago estas pulseras cashless, niegan a los asistentes la devolución del dinero que quedó almacenado en ellas sin gastar si es inferior a cierta cantidad, habitualmente dos o tres euros.

Desde FACUA consideramos igualmente abusiva esta práctica, ya que las diferentes normativas autonómicas de protección al consumidor -como pueden ser la vasca o la andaluza- establecen como infracción la imposición de cargos adicionales, cobros indebidos o cantidades mínimas en la utilización de los diferentes medios de pago.

Mismo sentido en el que se pronuncia el texto refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores, que recoge que "los empresarios no podrán facturar a los consumidores y usuarios por el uso de determinados medios de pago, cargos que superen el coste soportado por el empresario por el uso de tales medios".

Por ello, desde FACUA animamos constantemente a los asistentes a festivales que se encuentren ante alguna de estas prácticas que lo denuncien y pongan en conocimiento de la asociación, para valorar la interposición de las denuncias que sean pertinentes.

Parafraseando de nuevo a la familia amarilla más famosa del mundo para cerrar este artículo: "¿Qué queremos? ¡Entrar con nuestro bocadillo! ¿Cuándo lo queremos? ¡Ahora!".

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Nacho Tudela es periodista y miembro del equipo de redacción de Consumerismo.

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