Acquajet elimina su línea 902 de atención a los consumidores tras la reclamación de FACUA Sevilla

La empresa ha sustituido este número de tarificación especial por otros teléfonos de prefijo geográfico en función de las zonas donde opera.

Acquajet elimina su línea 902 de atención a los consumidores tras la reclamación de FACUA Sevilla
Imagen: Acquajet.

Tras la reclamación presentada por FACUA Sevilla, la empresa Acquajet ha sustituido la línea 902 de tarificación especial para información y atención al cliente por números de teléfono de prefijo geográfico sujetos a una tarificación básica.

La asociación envió un escrito a esta empresa pidiéndole que sustituyesen de manera inmediata el número 902 15 45 57 que aparecía tanto en su página web como en las etiquetas de las botellas por otro teléfono que no supusiese para el usuario un coste superior al de una llamada a una línea telefónica fija geográfica o móvil estándar.

Acquajet ha remitido una misiva a FACUA Sevilla en la que pone en conocimiento de la asociación que se ha atendido la petición, y el número de tarificación especial para atención al usuario ya ha sido sustituido por números de prefijo geográfico en función de las zonas de España en las que opera la empresa (Área Sur, Área Norte, Área Levante y Canarias).

Qué dice la ley

Desde diciembre de 2020, el artículo 21 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias recoge, para las empresas que no ofrecen servicios básicos de interés general, que "en caso de que el empresario ponga a disposición de los consumidores y usuarios una línea telefónica a efectos de comunicarse con él en relación con el contrato celebrado, el uso de tal línea no podrá suponer para el consumidor y usuario un coste superior al coste de una llamada a una línea telefónica fija geográfica o móvil estándar".

Por su parte, si utilizara una línea de tarificación especial que supone un coste para el consumidor, el empresario debe facilitar "junto con la información sobre dicha línea telefónica de tarificación especial y en igualdad de condiciones, información sobre un número geográfico o móvil alternativo".

El empleo de teléfonos de tarificación especial para la prestación de los servicios de atención al cliente constituye un obstáculo al ejercicio del derecho a reclamar por parte de los consumidores y usuarios.

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