FACUA Euskadi denuncia que el Servicio Vasco de Salud-Osakidetza haya acordado el cierre de 24 ambulatorios durante el periodo estival, llegando incluso a acordar que algunos centros de salud sean atendidos únicamente por el servicio de enfermería ante la escasez de médicos de Atención Primaria.
La asociación ha tenido conocimiento a través de los medios de comunicación de la preocupación que existe entre el personal sanitario y la ciudadanía en general acerca de cómo se van a gestionar los centros ambulatorios durante el verano sin que ello suponga mayores retrasos en las listas de espera o inconvenientes en los pacientes a la hora de ser atendidos.
La Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi establece en su artículo 3 lo siguiente: "De acuerdo con las obligaciones que impone a los poderes públicos vascos el reconocimiento del derecho de los ciudadanos a la protección de la salud, compete a la Administración sanitaria vasca garantizar la tutela general de la salud pública a través de medidas preventivas, de promoción de la salud y de prestaciones sanitarias individuales. Asimismo le corresponderá garantizar un dispositivo adecuado de medios para la provisión de las prestaciones aseguradas con carácter público, a través fundamentalmente de la dotación, mantenimiento y mejora de la organización de medios de titularidad pública".
De igual forma, el artículo 7 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, señala que "los servicios sanitarios, así como los administrativos, económicos y cualesquiera otros que sean precisos para el funcionamiento del Sistema de Salud, adecuarán su organización y funcionamiento a los principios de eficacia, celeridad, economía y flexibilidad".
Por todo ello, FACUA Euskadi insta al Servicio Vasco de Salud-Osakidetza a que lleve a cabo las acciones que sean necesarias para garantizar el buen funcionamiento de los servicios sanitarios durante el periodo estival, y que se garantice la atención al paciente sin dilaciones ni inconvenientes.