Tras la denuncia presentada por FACUA Sevilla, la Dirección General de Consumo y Mercados del Ayuntamiento de Sevilla ha abierto un expediente sancionador por importe de 12.000 euros a Live Nation España SAU, empresa organizadora del concierto de Red Hot Chili Peppers celebrado el pasado 4 de junio en el estadio olímpico de La Cartuja, por restringir a los usuarios el acceso con comida y bebida del exterior.
El argumento que expuso la asociación en su denuncia fue claro: al igual que un festival, un cine, un teatro o un parque de atracciones, un concierto no puede ser considerado como establecimiento de hostelería aunque dentro del recinto se desarrolle la actividad hostelera de forma accesoria a la principal.
Al haber establecido de forma unilateral estas limitaciones a la admisión de los usuarios, el organismo dependiente del Área de Comercio y Turismo del consistorio sevillano señala que en el evento se infringió el artículo 7.2 de la Ley 13/1999 de 15 de Diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, que establece que todas las condiciones de admisión "estarán sujetas a la intervención de la Administración competente".
El decreto de Consumo señala que la empresa vulneró la citada ley ya que sus condiciones específicas de acceso y permanencia en establecimiento público no fueron "debida y expresamente aprobadas por el organismo administrativo competente del Ayuntamiento de Sevilla". Aprobación que no se habría producido al no entrar el concierto en la categoría de establecimiento de hostelería o de ocio y esparcimiento, advierte FACUA Sevilla.
En su página web, la empresa organizadora exponía que "no se podrá acceder al estadio con consumiciones de fuera, excepto botella de agua pequeña de 50 cl. y sin tapón. Podrás acceder con una pieza de fruta o un bocadillo. Dentro del estadio habrá barras y puestos de comida".
El organismo municipal considera que la empresa incurrió en una "infracción grave" de la ley de espectáculos públicos, para las que están previstas sanciones de entre 300,51 y 30.050,61 euros. "Atendiendo a todas las circunstancias concurrentes, la gravedad de los hechos, el volumen de público al que tales restricciones afecta y el principio de proporcionalidad, se individualiza la sanción en la cantidad de 12.000 euros", señala el decreto de la Dirección General de Consumo y Mercados.
Es el segundo expediente sancionador que abre el Ayuntamiento de Sevilla por restringir el acceso con comida y bebida del exterior tras el anunciado la semana pasada a la empresa organizadora del Festival Interestelar.
FACUA Sevilla recuerda a los afectados que tiene derecho a reclamar a Live Nation España SAU indemnizaciones por los perjuicios económicos sufridos como consecuencia de no haber podido acceder al concierto con la comida y bebida que llevaban.