La Comisión Europea multa a España por incumplir la normativa de nitratos utilizados en la agricultura

En Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Aragón y Madrid no hay medidas suficientes en relación a la aplicación de fertilizantes en terrenos inclinados y escarpados.

La Comisión Europea multa a España por incumplir la normativa de nitratos utilizados en la agricultura

El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado con fecha 31 de octubre el recurso interpuesto el pasado 30 de agosto por parte de la Comisión Europea al Reino de España por vulnerar la Directiva de protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura. En concreto, denuncia las tendencias al alza en contaminación por nitratos en Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León y Murcia.

Según Eldiario.es, otras siete comunidades autónomas no han designado como zonas vulnerables a los nitratos las zonas de captación por escorrentía (aguas superficiales) o por infiltración (aguas subterráneas). Se trata de Castilla y León, Extremadura, Galicia, Islas Baleares, Islas Canarias, Madrid y Comunidad Valenciana.

"Sigue habiendo superficies que no se han designado como zona vulnerable a los nitratos, ni incluido en zonas vulnerables a los nitratos existentes, a pesar de que los datos obtenidos a través de la red de control de la contaminación provocada por los nitratos de origen agrícola justifican su designación/inclusión", explica la Comisión en sus apreciaciones.

Por otro lado, este organismo denuncia que Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Aragón y Madrid no han previsto en sus programas de acción las medidas adicionales o reforzadas relacionadas con la eutrofización o acumulación de residuos orgánicos.

Y es que, afea la Comisión Europa, que en estas comunidades autónomas no haya "medidas suficientes en relación a la aplicación de fertilizantes a tierras en terrenos inclinados y escarpados" como exige la Directiva 91/676/CEE.

También "siguen faltando medidas en el programa de acción de Extremadura sobre el almacenamiento temporal de estiércol sólido en el campo, sobre el registro de fertilización y en relación a la cantidad máxima de estiércol autorizada por hectárea que se aplicará a la tierra", mientras que "el programa de acción de Madrid no contiene las medidas necesarias en relación con el almacenamiento temporal de abonos sólidos en las tierras". En su recurso, la Comisión pide que se condene en costas al Reino de España.

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