FACUA Sevilla aconseja a los usuarios sobre la regulación y el uso de los productos cosméticos

La asociación destaca la importancia de consultar el etiquetado de los artículos y comprobar que contiene toda la información obligatoria.

FACUA Sevilla aconseja a los usuarios sobre la regulación y el uso de los productos cosméticos

FACUA Sevilla ha realizado una guía para aconsejar a los usuarios sobre la regulación y el uso de los productos cosméticos, de forma que puedan realizar una utilización segura y responsable, evitando así cualquier perjuicio, además de dar a conocer cómo pueden reclamar si tienen algún problema con estos artículos.

¿Qué es un producto cosmético?

Toda sustancia o mezclas destinada a ser puesto en contacto con las diversas partes superficiales del cuerpo, los dientes y las mucosas bucales con el fin exclusivo o principal de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto y/o corregir los olores corporales y/o protegerlos o mantenerlos en buen estado Incluyen tanto los comúnmente conocidos como cosméticos (maquillaje, lápices de labios o de ojos, cremas) como otros productos de higiene personal (desodorantes, dentífricos o geles de baño).

¿Qué se exige a un producto cosmético para que sea seguro?

La normativa europea de aplicación entre otros aspectos dispone que deben de ser seguros en condiciones de utilización normales, o razonablemente previsibles. Asimismo:

• Debe respetar las normas sobre composición y etiquetado establecidas.

• Debe garantizar su trazabilidad en la cadena de suministro.

• Ha de estar elaborado conforme a los principios de buenas prácticas de fabricación.

¿Qué debe indicar la etiqueta de forma obligatoria?

El etiquetado debe reflejar claramente el nombre del producto -no sólo la marca comercial- y para qué sirve, además de los datos del fabricante, cómo debe usarse el producto y cuándo expira su vida útil.

De esta manera, la información obligatoria es: nombre comercial, función del producto (salvo si se desprende de su presentación), empresa o persona responsable, país de origen en productos importados, contenido nominal (cantidad de producto, indicando peso o volumen), fecha de duración mínima (se expresará con claridad y estará compuesta, bien por el mes y el año, bien por el día, el mes y el año, en ese orden), precauciones de uso, número de lote y lista de ingredientes (en orden decreciente de peso en función de su incorporación al producto).

La información obligatoria debe constar en castellano tanto en el envase (frasco, botella...) como en el embalaje externo (caja de cartón) y debe ser imborrable, fácil de leer y de localizar en el envase o en el embalaje.

¿Existen particularidades o excepciones en la información obligatoria?

Respecto al contenido nominal del producto, no es necesario cuando se trata de envases que contengan menos de 5 gramos o 5 mililitros, ni en las muestras gratuitas ni en las monodosis.

La indicación de la fecha de duración mínima no será obligatoria para aquellos cosméticos cuya duración exceda los treinta meses. Para esos productos se mostrará el plazo a través de un símbolo consistente en una caja con la tapa abierta y en cuyo interior se indica el plazo en meses o años.

En cuanto a la lista de ingredientes, aquellos que se contengan en una concentración menor al 1% podrán mencionarse sin orden después de mencionar a los que estén presentes en mayor concentración.

Cuando no sea posible, por razones prácticas, se debe indicar en una etiqueta la información sobre las precauciones particulares de empleo y la lista de ingredientes. Esta información se mostrará en un prospecto, una etiqueta, una banda o una tarjeta que deben ir adjuntos o unidos al envase. Dicha información se aportará, a menos que sea imposible en la práctica, con una indicación abreviada o mediante símbolo que deberá figurar en el recipiente o el embalaje -si se trata de la información referida a precauciones particulares de empleo o precauciones particulares-, o en el embalaje -si se trata de la información referida a la lista de ingredientes-.

En el caso de los productos como el jabón o las perlas de baño, así como de otros pequeños productos donde resulte complicado colocar la lista de ingredientes incluso en una etiqueta, un marbete, una banda, una tarjeta o en un prospecto adjunto, esta información deberá figurar en un rótulo situado muy cerca del recipiente en el que se ofrezca la venta el producto cosmético.

¿Qué debo tener en cuenta en los productos cosméticos que se presenten sin envase previo o se envasen en el lugar de la venta?

En el caso de los productos que se presenten sin envasar o se envasen en el lugar de venta a petición del consumidor, también dispondrán de etiquetas o prospecto que contengan las menciones obligatorias de etiquetado y que, además, se adherirán a los envases de los productos cosméticos o acompañarán a los mismos en el momento de la compra y entrega al consumidor.

¿Existen productos cosméticos ecológicos? ¿Cómo se identifican?

Con carácter general no existe legislación específica al respecto que regule los requisitos para el etiquetado de productos cosméticos ecológicos. Es por ello que existen empresas del sector privado que ofrecen a los fabricantes de productos de cosmética certificaciones y sellos de calidad para identificar este tipo de productos atendiendo al origen de los ingredientes. Algunos de estas denominaciones son ECOCERT, BDIH, THE SOIL ASSOCIATION, entre otras. Es recomendable leer las etiquetas y buscar información de la marca o de la certificación para poder asegurar que se trata de un producto ecológico.

Sin embargo, en la Unión Europea, el Reglamento 66/2010 por el que se establecen los criterios para el establecimiento y aplicación del sistema voluntario de etiqueta ecológica de la UE de aplicación a diferentes productos, desde octubre de 2021 también aplica a todos los productos cosméticos y de cuidado animal. Se puede otorgar la etiqueta ecológica a productos con impacto medioambiental reducido durante todo su ciclo de vida, es decir, que tras su uso no produzca contaminación ni alteración medioambiental. Estos se identifican con la etiqueta ECOLABEL.

¿Existe alguna prohibición a la hora de publicitar un producto cosmético?

La regulación establece que en el etiquetado, en la comercialización y en la publicidad de los productos cosméticos no se utilizarán textos, denominaciones, marcas, imágenes o cualquier otro símbolo -figurativo o no-, con el fin de atribuir a estos productos características o funciones de las que carecen, como pueden ser propiedades curativas, afirmaciones falsas o que induzcan a error. Igualmente no pueden dar lugar a confusión con alimentos u otros productos de consumo, con el fin de evitar riesgos para la salud o la seguridad de los consumidores.

Por otro lado, sólo se podrá mencionar en el envase del producto, en cualquier documento, rótulo, etiqueta, anilla o collarete que acompañe o se refiera a dicho producto cosmético, que el mismo no ha sido experimentado en animales cuando ni el fabricante ni sus proveedores hayan realizado o encargado experimentos en animales con el producto cosmético, su prototipo o alguno de los ingredientes que lo componen, ni hayan utilizado algún ingrediente que haya sido experimentado por terceros en animales con el fin de desarrollar nuevos productos cosméticos.

La presentación de los artículos destinados a utilizarse en el baño, normalmente, con las manos mojadas, no debe realizarse en envases de vidrio o de cualquier otro material que se rompa con facilidad al golpearse y pueda ocasionar cortes o heridas.

¿Qué significa "no comedogénico"? ¿E hipoalergénico?

Esta información no es obligatoria, pero en algunos productos se añade como adicional, demoninándose un cosmético así cuando ha demostrado que su aplicación no produce comedones en la piel (pequeños bultitos claros, oscuros o del color de la piel, que confieren a la piel una textura áspera). Estos productos son los recomendados para pieles con acné.

En cuanto al cosmético hipoalergénico, es aquel que produce una reacción alérgica muy reducida o nula. Tampoco es una información obligatoria y por tanto no está regulada. Si bien es cierto que en la lista de ingredientes al indicarse estos de mayor a menor concentración, el consumidor puede conocer si el producto contiene algún ingrediente al que es alérgico.

Tanto en un caso como en otro, la veracidad de la información depende únicamente de la ética y profesionalidad de la firma cosmética.

¿Qué hacer con los envases cuando el producto se acaba?

Si en el envase se ve un círculo con dos flechas en su interior entrelazadas, significa que ese envase es reciclable. Cualquier envase de plástico (gel de baño, colonia, champú, suavizante, pasta de dientes, etc.) y metal (lacas, spray metálico de lacas, desodorante, espuma de afeitar, ambientador, envase tipo brick, tapa metálica de los frascos, etc.) han de depositarse en el contenedor amarillo. Por su parte, en el verde, van los frascos de vidrio y cristal y, en el azul, las cajas de las cremas, paquetes de envolver, etc.

¿Qué puedo hacer si detecto un producto mal etiquetado? ¿Y si me causa un daño?

Si has detectado un cosmético mal etiquetado, puede comunicarlo y denunciarlo a las autoridades de Sanidad para que se investiguen las causas y se evite un nuevo incidente.

Así mismo si se trata de comunicar efectos no deseados que se han observado como consecuencia del uso normal, o razonablemente previsible, puede comunicarlo a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, todo ello sin perjuicio de poder reclamar por los daños ocasionados por la persona responsable del producto.

Esta información forma parte de una campaña de FACUA Sevilla subvencionada por el Servicio de Consumo del Ayuntamiento de Sevilla.

 

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