FACUA-Consumidores en Acción critica que el Instituto de Consumo de Extremadura (Incoex) se haya negado a facilitarle la cuantía y el motivo por el que ha sancionado a Dell por negarse a entregar miles de ordenadores portátiles que puso a la venta, según la empresa "por error", por unos 30 euros. Y todo ello pese a que la denuncia que ha originado la sanción partió de la propia asociación y que el importe de la multa, 112.500 euros, se encuentra publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE).
La asociación había denunciado a Dell en 2019 por cancelar la entrega de miles de portátiles que había puesto a la venta por precios cercanos a los 30 euros, lo que provocó que muchos usuarios aprovechasen para adquirir los dispositivos. A los días, Dell envió una comunicación diciendo que la venta a dicho precio había sido "un error" y que "tras revisar los pedidos" procedía a cancelarlos.
FACUA interpuso las denuncias ante las autoridades de consumo de las diecisiete comunidades autónomas para solicitarles la apertura de expedientes sancionadores por infringir la normativa de protección de los consumidores. De ellas, sólo el Incoex anunció que había procedido a expedientar a la multinacional.
Lo hizo más de tres años después y advirtiendo de que había encontrado otras irregularidades en la web de Dell. Pese a ello, el organismo no informó de más detalles
"Confidencialidad de datos personales"
La asociación se dirigió entonces al Incoex para solicitarle los detalles de la sanción. Sin embargo, el organismo se negó a facilitar a FACUA los motivos concretos por los que expedientaba y el importe de la multa. El motivo era, según el organismo, que en el expediente aparecían también otros tres denunciantes particulares aparte de la organización y que, por protección de datos de estos usuarios, no podía dar más detalles.
El Instituto de Consumo extremeño también indicaba como pretexto que la sanción se encontraba recurrida en tribunales, y el artículo 16 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, contempla como causa para denegar el acceso a la resolución cuando la divulgación de dicho información "puede suponer un perjuicio para la igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva", entre otros.
En este sentido, FACUA señala que en ningún momento ha solicitado conocer la identidad o los datos de estos otros tres denunciantes, y critica que el Incoex se acoja a este pretexto para negarse a informarle de la cuantía de la multa, de los motivos que le han llevado a imponerla o de las otras "irregularidades" que encontró en la web y que han motivado la sanción, y que, en ningún caso, facilitar dicha información podría suponer perjuicio alguno para el procedimiento judicial.
Publicada en el Diario Oficial de Extremadura
La asociación, además, indica la falta del coherencia del Incoex al negarse a informar por escrito de la cuantía de una multa que, realizando una búsqueda por Google, puede encontrarse en el boletín oficial de la comunidad.
Así, FACUA ha podido comprobar que la sanción está publicada en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) de 17 de junio de 2021, donde se informa que se remite el expediente contra Dell al juzgado, tras decidir la compañía recurrir en contencioso-administrativo la multa.
En el documento se informa de que dicha sanción es de 112.500 euros, y que fue confirmada por vía administrativa tras desestimar el Incoex el recurso de alzada que interpuso la multinacional.
Petición a Transparencia
Ante la negativa del Incoex a facilitar la información a FACUA -ya no solo de la cuantía, sino también los motivos que han llevado a la sanción-, la asociación se ha dirigido al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno para solicitarle que inste a Consumo de Extremadura a entregar dicha información.
El Incoex argumentaba su negativa con base en el artículo 17 de la Ley 4/2013, que señala que el derecho de acceso puede ser denegado en el caso de que la información pública "contenga datos íntimos o que afecten a la vida privada de terceros" o si "concurren circunstancias especiales en el caso concreto que hace prevalecer la protección de datos personales sobre el interés público en la divulgación de la información", entre otros.
En su escrito a Transparencia, FACUA señala, sin embargo, que en este caso no concurren ninguna de las circunstancias que recoge la normativa anterior, ya que en ningún caso los datos a los que ha pedido acceder -cuantía de la multa, irregularidades detectadas y motivo de la sanción- son incompatibles con la protección de los datos de los otros tres denunciantes, ya que no son necesarios.
El Incoex, advierte FACUA, podría simplemente facilitar dicha información con los datos de los otros reclamantes censurados o eliminados del documento.