FACUA Sevilla denuncia al Icónica Fest por impedir el acceso con comidas y bebidas del exterior

La asociación reclama a Green Cow Music AIE, promotora del evento, que garantice el cumplimiento de la normativa andaluza sobre derecho de admisión y rectifique la política que aplica de acceso al recinto.

FACUA Sevilla denuncia al Icónica Fest por impedir el acceso con comidas y bebidas del exterior

FACUA Sevilla ha denunciado ante el Servicio de Consumo del Ayuntamiento de Sevilla a Green Cow Music AIE como organizadora del Icónica Sevilla Fest debido a las quejas que la asociación ha recibido que alertan de que se está impidiendo el acceso al evento con comidas y bebidas del exterior, lo que supone una vulneración de la normativa andaluza sobre el derecho de admisión.

El dispositivo de control de acceso, según han trasladado a FACUA Sevilla algunos asistentes, está forzando a los asistentes a deshacerse de bocadillos o botellas de agua antes de adentrarse al recinto del Icónica Sevilla Fest. Por contra, la asociación ha recordado el derecho que tiene la ciudadanía a introducir comidas y bebidas del exterior, dado que la actividad principal de la organización no es la hostelería, sino la producción y ejecución de actividades de ocio y esparcimiento, por lo que esta prohibición para el acceso al recinto no es necesaria para la correcta consecución de la actividad comercializada.

En la sección de preguntas y respuestas de la web de este evento, donde no aparece en lugar visible el Aviso Legal para dar cuenta de las condiciones que aplican, la organización aclara: "¿Se puede acceder con bebidas o comida al auditorio?".

Y responden en su propia web: "De acuerdo con lo establecido en el artículo 7.2 e) del DECRETO 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Junta de Andalucía, el Organizador, como entidad autorizada por la Administración competente para el ejercicio de la actividad hostelera dentro del recinto durante las fechas y horarios establecidos para la celebración del evento Icónica Fest, podrá impedir el acceso a cualquier persona que pretendiera acceder al recinto con comida y/o bebida".

Posible infracción grave

La organización del Icónica Sevilla Fest justifica esta prohibición en "garantizar la seguridad alimentaria dentro del recinto, así como la integridad física de los artistas y del propio público asistente, durante el trascurso del evento, mediante la requisa de todos aquellos elementos que pudieran causar daños a terceros en caso de ser arrojados durante el desarrollo de las actuaciones. Como excepción a esta prohibición general, sí se permitirá el acceso con alimentos infantiles y alimentos para usos médicos especiales cuyo consumo esté debidamente justificado".

FACUA Sevilla ha advertido que, en caso de no rectificar esta política de admisión que ya ha venido aplicando en los primeros eventos, la promotora podría incurrir en una infracción grave conforme al artículo 20 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, que regula las infracciones graves.

El artículo 9 de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía establece entre las infracciones graves "la utilización de las condiciones de admisión de forma discriminatoria, arbitraria o coninfracción de las disposiciones que lo regulan, por parte de los titulares o empleados de los establecimientos destinados a espectáculos públicos o actividades recreativas".

¿Qué dice la ley?

El artículo 7 del reglamento de admisión de personas en los establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por Decreto10/2003, de 28 de enero y modificado por Decreto 211/2018, dispone como condición de admisión que los titulares de establecimientos de hostelería y ocio y esparcimiento pueden solicitar al ayuntamiento respectivo la autorización de la condición específica de admisión de impedir el acceso de personas que porten comidas y bebidas para ser consumidas en el interior de dichos establecimientos.

"No obstante, en el caso que nos ocupa el evento celebrado consideramos que queda encuadrado en la categoría de auditorio (Establecimientos de espectáculos públicos) por lo que no pueden acogerse a dicha condición de admisión, toda vez que no son establecimientos de hostelería o de ocio y esparcimiento, conforme a la clasificación del Decreto 155/2018", han argumentado desde FACUA Sevilla.

La asociación ha trasmitido su preocupación, dado que es el propio Ayuntamiento de Sevilla el que encauza su participación en el Icónica Sevilla Fest como coorganizador junto a Green Cow Music SL a través de las marcas Sevilla. Muy famosa. Muy desconocida y Sevilla City Office. FACUA Sevilla entiende que la administración local como coorganizadora de este festival debe garantizar el cumplimiento de la normativa en defensa de los consumidores y usuarios.

Respuesta de Green Cow Studio

Green Cow Studio AIE se ha dirigido a FACUA Sevilla para señalar que considera que tener licencia de hostelería le da derecho a impedir el acceso con comida y bebida a los asistentes al Icónica Fest.

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