Andalucía multará a la empresa de alquiler de bicicletas Lime por no facilitar datos para reclamar

FACUA Andalucía denunció a la compañía tras constatar que no disponía de hojas de reclamaciones online ni información suficiente para interponer una queja.

Andalucía multará a la empresa de alquiler de bicicletas Lime por no facilitar datos para reclamar

Tras la denuncia de FACUA Andalucía, la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía ha abierto un expediente sancionador contra Lime Tecnology SL, dedicada al alquiler de bicicletas y patinetes eléctricos, por no ofrecer suficiente información a los usuarios sobre sus derechos cuando contratan un servicio.

La federación había denunciado a la empresa en el marco de una campaña de control a las principales empresas de movilidad urbana tras constatar que Lime no disponía en su página web y app de modelos de hojas de reclamaciones oficiales, algo a lo que obliga la legislación andaluza de protección de los consumidores. Las otras denunciadas por este motivo fueron Uber, Acciona, Yego, Reby y Cabify. La Junta también ha abierto expediente sancionador contra Acciona y Cabify.

Ahora, el Servicio de Consumo de la Consejería ha informado a la federación de que se ha procedido a iniciar un procedimiento sancionador contra la empresa tras realizar una inspección de su página web y su aplicación para teléfonos móviles.

La resolución señala que Lime Tecnology SL ha incurrido en una infracción al no cumplir con los requisitos de información que exige la normativa andaluza, ya que no indica en su página web ni en su app los datos necesarios para que los usuarios puedan presentar sus reclamaciones contra la empresa. La multa que plantea Consumo es de solo 1.000 euros, que además pueden verse reducidos en un 40% si la empresa opta por no recurrir y abonar la multa, incluso aunque siga cometiendo las mismas irregularidades.

La federación, además, ha vuelto a realizar un control sobre la página web y la app de Lime y ha comprobado que la empresa sigue sin corregir las irregularidades que han motivado la apertura del expediente sancionador, por lo que espera que la Consejería de Salud y Consumo finalice el procedimiento con las sanciones oportunas.

Qué dice la ley

En su denuncia, la federación recordaba que el Decreto 82/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía, señala que "si por la actividad desarrollada no existieran dependencias fijas donde se comercialicen bienes o se presten servicios", deberá informarse acerca de las hojas de reclamaciones "en las ofertas, propuestas de contratación, presupuestos, contratos, facturas, resguardos de depósito, páginas webs, aplicaciones telemáticas de contratación y cualquier otro documento que se entregue en el ejercicio de la actividad de comercialización o prestación, a las personas consumidoras y usuarias".

Apunta, asimismo, que la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía prohíbe expresamente "no disponer de libros de hojas de quejas y reclamaciones oficiales, así como negarse o resistirse a suministrarlos a los consumidores que lo soliciten u ocultar o alterar las reclamaciones realizadas por este medio", así como "suministrar libros de hojas de quejas y reclamaciones que no sean oficiales a los consumidores que muestren su voluntad de presentar una reclamación".

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