¿Cuándo surge el movimiento consumerista y qué legislación garantiza los derechos de los consumidores?

FACUA Sevilla resuelve tus dudas sobre los derechos de los consumidores y usuarios y sobre la historia del movimiento consumerista y las leyes que lo amparan a nivel estatal y andaluz.

¿Cuándo surge el movimiento consumerista y qué legislación garantiza los derechos de los consumidores?

La asociación ofrece esta serie de preguntas y respuestas relacionadas con la aparición y desarrollo del movimiento consumerista, y cómo los movimientos en defensa del consumidor fueron forjando una base legislativa estatal y autonómica para garantizar la protección de las personas en calidad de consumidores y usuarios.

¿Qué significa una asociación de consumidores?

De conformidad con lo previsto en el artículo 29.1 de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, se consideran organizaciones y asociaciones de consumidores y usuarios aquellas cuyo objeto social, determinado en los Estatutos de las mismas, sea la defensa, información, educación, formación, asistencia y representación de sus asociados como consumidores, así como la defensa de los intereses colectivos de la ciudadanía en cuanto a su condición de consumidores en general.

¿Qué es y cuándo surge el movimiento consumerista?

Es un movimiento que tiene la protección de los consumidores como objetivo, promoviendo el respeto de sus derechos, y fomentando un modelo de consumo consciente frente a las sociedades consumistas.

El origen o el punto de comienzo de estos movimientos hay que situarlo en el siglo XIX y nace ligado a las distintas teorías que cuestionaban o planteaban la reforma del sistema capitalista vigente en Europa en dichas fechas.

¿Está recogido en algún Decreto o Ley la existencia de estas asociaciones de consumidores para defender a la ciudadanía?

El artículo 51 de la Constitución Española dispone que los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos, y promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquellos, en los términos que la Ley establezca.

Por su parte, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 58.2.4.º, atribuye a esta Comunidad Autónoma, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11.ª y 13.ª de la Constitución, la competencia exclusiva sobre la defensa de los derechos de los consumidores, la regulación de los procedimientos de mediación, información y educación en el consumo y la aplicación de reclamaciones.

Asimismo, en su artículo 47.1.1.º, reconoce como competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma, el procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia de la Comunidad Autónoma, la estructura y regulación de los órganos administrativos públicos de Andalucía y de sus organismos autónomos.

¿Qué implica o que condiciones deben cumplir?

La Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, que derogó la anterior Ley 5/1985, de 8 de julio, de los Consumidores y Usuarios en Andalucía, dispone en su artículo 30 que las organizaciones o asociaciones de consumidores de Andalucía para gozar de los beneficios que dispongan la referida Ley y sus disposiciones de desarrollo deberán, entre otras condiciones, estar inscritas en el Registro Público de Asociaciones y Organizaciones de consumidores de Andalucía.

¿Cuáles son los derechos de las organizaciones y asociaciones de personas consumidoras y usuarias?

1. Las organizaciones y asociaciones de consumidores en Andalucía tendrán los derechos previstos en el artículo 31 de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre.

2. De conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, las organizaciones y asociaciones de consumidores y usuarios podrán disfrutar del derecho de asistencia jurídica gratuita en la forma prevista en la correspondiente normativa reguladora.

¿Y los deberes?

Las organizaciones y asociaciones de personas consumidoras y usuarias en Andalucía estarán sujetas a los deberes regulados en el artículo 32 de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, y en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

¿Qué ámbito pueden tener éstas organizaciones?

Cada asociación y organización tendrá el ámbito de actuación que conste en sus Estatutos, sea local, provincial o autonómico.

¿Cómo se regulan y pueden obtener la consideración de asociaciones y organizaciones de personas consumidoras y usuarias más representativas de Andalucía y obligaciones para su mantenimiento?

a) Tratarse de una federación o confederación de ámbito andaluz y contar con asociaciones, organizaciones o federaciones de carácter provincial en todas las provincias de Andalucía.

b) Estar inscrita como organización o asociación de ámbito general.

c) Contar con más de 10.000 personas asociadas del conjunto de asociaciones u organizaciones que integran la Federación o Confederación.

d) Disponer de unos ingresos por cuotas de personas asociadas de, al menos, 120.000 euros anuales del conjunto de asociaciones u organizaciones, que integran la Federación o Confederación.

e) No hallarse incursa en causa de suspensión de inscripción en el Registro.

¿Beneficios de la consideración de asociaciones y organizaciones de personas consumidoras y usuarias más representativas de Andalucía?

a) Formar parte del Consejo de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, del Consejo Andaluz de Consumo y de los Consejos Provinciales de Consumo.

b) Proponer a la persona titular de la Presidencia de la Junta Arbitral de Consumo las personas que actuarán como árbitros en los procedimientos arbitrales que se sustancien en ella.

c) Gozar de prioridad de acceso a los medios de comunicación social públicos.

d) Ejercer el derecho a participar en las políticas sectoriales que afecten directamente a los intereses de los consumidores.

¿Cómo surge FACUA Sevilla, una de las organizaciones de consumidores existentes en Sevilla?

En noviembre de 1981 la delegación sevillana de La Defensa pasó a convertirse, con el apoyo de la Federación Provincial de Asociaciones de Vecinos de Sevilla, en la Asociación de Consumidores y Usuarios. Así nació ACUS La Defensa.

Con la creación de la nueva Asociación de Consumidores de Sevilla, primera de estas características que se constituía en Andalucía, se produjo un claro impulso al movimiento específico de defensa de los intereses de los ciudadanos en su calidad de consumidores y usuarios, ya que hasta dicha fecha sólo funcionaban en Andalucía las asociaciones de amas de casa.

Esta información forma parte de una campaña de FACUA Sevilla subvencionada por el Servicio de Consumo del Ayuntamiento de Sevilla.

 

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