Pese a que las llamadas comerciales no solicitadas están prohibidas desde finales del mes de junio, a día de hoy sigue recibiéndolas el 97% de los consumidores. Redondeando, 10 de cada 10. El dato nos lo da una encuesta de FACUA en la que han participado más de 6.000 usuarios. La mayoría de los afectados nos cuenta que han sufrido más de cinco de esas llamadas en el último mes, sobre todo para venderles servicios de telecomunicaciones y, en segundo lugar, energéticos.
La ley solo permite realizar llamadas comerciales de una empresa a quien haya autorizado expresamente a recibir ofertas por teléfono de esa empresa. Al inicio de la comunicación tienen que aclarar si nos está llamando la compañía de la que nos ofertan el servicio o un intermediario, detallando su nombre.
Además, deben informarnos de que tenemos derecho a oponernos a seguir recibiéndolas y facilitarnos la vía para hacerlo. Aunque no les informen de ese derecho, cuando reciben una llamada spam dos de cada tres consumidores piden expresamente que dejen de darle la tabarra y no vuelvan a molestarles más. Pero el 60% de ellos ha recibido posteriormente otra llamada ofreciéndole los servicios de la misma empresa.
El porcentaje de encuestados que afirma saber cómo denunciar las llamadas comerciales no solicitadas no llega al 9%. Y nada más que el 1,5% de los afectados dice haber presentado una denuncia por ello. El organismo al que deben remitirse, para que aplique la correspondiente multa, es la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
¿Cómo se denuncia el spam telefónico? Es fácil. Puedes hacerlo de forma telemática en la web de Protección de Datos. No es necesario que hayas grabado la llamada. Básicamente sólo tienes que contar que la has recibido sin que hubieras dado tu consentimiento y dar unos cuantos detalles.
El altísimo índice de incumplimientos de la prohibición de las llamadas comerciales no autorizadas debe llevarnos a los consumidores a tomarnos en serio que solo con denuncias podremos ponerles freno.
Pero también es fundamental que la AEPD haga bien su trabajo. Que un consumidor reciba una llamada spam donde aparezca en llamada el número XXX XXX XXX no significa que ese sea el auténtico número desde el que le están realizado esa llamada. Al igual que pueden enviarse correos electrónicos para intentar estafarnos en los que el remitente aparenta ser una empresa o una persona que conocemos, con las llamadas telefónicas ocurre igual. El número que vemos puede ser fake.
Así que al recibir las denuncias por spam telefónico, Protección de Datos debe abrir una investigación para intentar averiguar quién está realmente detrás de la llamada. Para ello, deberá requerir a la compañía de telecomunicaciones del usuario que le facilite todos los datos que posea de esa llamada, entre ellos desde qué operador se realizó. Si se trata de una compañía distinta, posiblemente la AEPD también tenga que dirigirse a ella para dar con la auténtica línea desde la que se incurrió en el spam. Y si es una teleco extranjera, la cosa puede complicarse bastante.
Pero por muy difícil que pueda ser en ciertos casos localizar y sancionar a las empresas que se saltan la ley, sin denuncias de los consumidores afectados ni siquiera se dará el primer paso.