Tras la actuación de FACUA Almería, la empresa Comercial Dragón ha dejado de cobrar a los consumidores finales un recargo que sólo deben pagar los comerciantes minoristas, tal y como establece la normativa en materia tributaria.
La asociación ha venido recibiendo consultas y quejas de usuarios que indicaban que la mercantil, que vende tanto al por mayor como directamente al público, facturaba un "recargo de equivalencia" de entre el 0,5% y el 5,2% -atendiendo al IVA del producto- a todos sus clientes sin discriminar si eran consumidores finales o comerciantes minoristas, es decir, aquellos que compran dichos productos para venderlos posteriormente.
Así, FACUA Almería se dirigió a Comercial Dragón para instarle a que modificara su política de facturación y empezara a diferenciar entre consumidores finales y minoristas, aplicando el recargo de equivalencia sólo a los segundos y utilizando el regimen general para los primeros.
En su escrito, la asociación recordaba que dicho recargo es un tipo de IVA especial para los autónomos que vendan productos tal y como los han comprado y que, según la Ley General Tributaria, se consideran comerciantes minoristas quienes venden habitualmente bienes inmuebles o semovientes sin haberlos sometido a procesos de fabricación, elaboración o manufactura.
FACUA Almería indicaba que, tal y como recoge la normativa, quienes no reúnen dichos requisitos no pueden ser considerados minoristas, por lo que no cabe que se les aplique el recargo de equivalencia.
Comercial Dragón, tras la reclamación de la asociación, ha indicado finalmente que "a los clientes persona física que declaren no tener actividad económica de comerciante" se les facturará sin recargo de equivalencia. "La empresa tiene un formulario en el cual el cliente declara su condición de comprador persona física sin actividad económica de comerciante que el cliente firma, y en base a este documento se emite el ticket-factura sin recargo de equivalencia", finaliza su respuesta.