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FACUA.org - Catalunya - 22 de noviembre de 2021

Abren 85 expedientes sancionadores a grandes inmobiliarias por no ofrecer alquileres sociales

De los expedientes sancionadores abiertos, seis ya se han resuelto con sanción por infracción grave de acuerdo a la Ley del Código de consumo de Cataluña, con multas de 25.000 euros por cada expediente.

La Agencia Catalana del Consumo (ACC), del Departamento de Empresa y Trabajo, ha abierto 85 expedientes sancionadores a empresas inmobiliarias que son grandes tenedores de vivienda, por incumplir la obligación legal de ofrecer un realojamiento en régimen de alquiler social a personas o unidades familiares vulnerables.

Desde el levantamiento de la suspensión cautelar por parte del Tribunal Constitucional, el 22 de febrero de 2019, del artículo 5 de la Ley 24/2015 de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda, la Agencia Catalana del Consumo, con la colaboración de la Agencia de la Vivienda de Cataluña, ha llevado a cabo 96 actuaciones inspectoras en relación con la obligatoriedad de ofrecer alquiler social a personas o unidades familiares en situación de vulnerabilidad.

El artículo 5 de la Ley 24/2015, establece que las personas físicas o jurídicas que son grandes tenedores y entidades financieras, fondos de inversión y entidades de gestión de activos, deben ofrecer un alquiler social antes de interponer cualquiera demanda de ejecución hipotecaria o desahucio –o bien antes de adquirir una vivienda fruto de acuerdo de compensación o dación en pago–, cuando la unidad de convivencia de una vivienda se encuentra en situación de riesgo de exclusión residencial, de acuerdo con el nivel de ingresos previsto también en la misma ley.

En el procedimiento de inspección, Consumo ha detectado infracciones por no acreditar documentalmente la oferta de realojamiento de personas o familias en situación de vulnerabilidad, antes de desahuciarlas por impago del alquiler o de la hipoteca; por tanto, ha abierto estos 85 expedientes sancionadores a grandes tenedores de vivienda para realizar prácticas que excluyen o limitan los derechos de las personas consumidoras.

De los expedientes sancionadores abiertos, seis ya se han resuelto con sanción por infracción grave de acuerdo a la Ley del Código de consumo de Cataluña, con multas de 25.000 euros por cada expediente.

Estas actuaciones confirman el compromiso firme del Departamento para proteger y defender los derechos de las personas más vulnerables, especialmente en ámbitos tan esenciales como el derecho a la vivienda. Los controles de inspección para dar cumplimiento a la Ley 24/2015, siguen abiertos.