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Diversos
medios de comunicación impresos digitales están dando
repercusión a una interpretación incorrecta de la
reforma del Código Penal, que está sembrando temores
infundados entre numerosos usuarios.
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FACUA advierte que la copia y descarga de música y películas sin ánimo de lucro no están tipificadas
como delito en la reforma del Código Penal La Federación también denuncia que los sistemas anticopia que utiliza la industria discográfica y cinematográfica
pueden estar incurriendo en una ilegalidad, al impedir que se ejerza el derecho de copia privada y limitar las funciones propias de los
discos.
La Federación de Consumidores en Acción (FACUA)
advierte que la copia y descarga de música y películas sin ánimo de
lucro y la utilización de programas para eliminar los sistemas
anticopia no están tipificadas como delito en la reforma del Código Penal,
que entrará en vigor el próximo 1 de octubre, contrariamente a lo que vienen planteando en las últimas semanas
diversos medios de comunicación impresos y digitales. Una información
incorrecta que está sembrando temores infundados entre numerosos
usuarios.
La confusión, advierte FACUA, proviene de
una interpretación incorrecta de la Ley
Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por
la que se modifica el Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de
noviembre), en lo que se refiere a la nueva redacción del artículo 270
del mismo. El citado artículo tipifica como delito las citadas
prácticas sólo si se producen "con ánimo de lucro y en
perjuicio de tercero".
También prohíbe el artículo 270 la
importación, exportación y almacenamiento de las obras sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus
cesionarios, pero no se refiere a la descarga de los mismos en un
ordenador a través de las redes de pares o P2P (del inglés peer to
peer), sino a sacarlas del o introducirlas en el país. Y en
cualquier caso, la Federación entiende que sigue planteándose como
requisito el ánimo de lucro y perjuicio de tercero para considerarse
como delito, ya que sería inconcebible que se considerase tal el hecho
de que un usuario viaje de un país a otro acompañado de un disco, una
película o un libro así como que almacene en su casa dichas obras, sin
ningún ánimo comercial.
En lo que se refiere a los sistemas
anticopia que poseen muchos CDs y DVDs, FACUA señala que no sólo no
será delito usar programas que los eliminen, sino que es la industria
la que puede estar cometiendo una ilegalidad al utilizarlos, ya que con
ellos está obstruyendo el ejercicio del derecho a la copia para uso
privado que reconoce a los usuarios el artículo 31 de la Ley de
Propiedad Intelectual (cuyo Texto Refundido fue aprobado en el Real
Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y modificado por la Ley
5/1998, de 6 de marzo) y limitando las funciones propias de un CD para
perjuicio de los consumidores, haciéndoles imposible en muchos casos la
utilización de los discos en los reproductores de CDs de ordenadores
personales y vehículos así como en determinados equipos musicales y
llevar la música a sus reproductores de MP3.
En el texto reformado del artículo 270 del
Código Penal se establecen "la pena de prisión de seis meses a
dos años y multa de 12 a 24 meses" para quien "con
ánimo de lucro y en perjuicio de tercero", condición que se
obvia en la información que está circulando por los medios, "reproduzca,
plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una
obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus
cesionarios". "Será castigado también con la misma
pena", siempre que exista ánimo de lucro y perjuicio a
tercero, "quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones".
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