FACUA Galicia insta a la compañía R a compensar a los afectados por la caída de su servicio de internet

El pasado 5 de mayo, la red de la empresa sufrió un corte que dejó a sus clientes sin red fija y móvil durante varias horas.

FACUA Galicia insta a la compañía R a compensar a los afectados por la caída de su servicio de internet

FACUA Galicia se ha dirigido a la empresa gallega de telecomunicaciones R para instarle a que compense a todos los usuarios que se vieron afectados por la caída de su servicio de internet el pasado 5 de mayo, tome las medidas que sean necesarias para evitar que vuelva a ocurrir e indemnice por los posibles daños y perjuicios causados.

La asociación, a través de distintos medios de comunicación, ha tenido conocimiento de que la compañía sufrió un corte en el servicio de internet entre las 13 y las 18 horas, lo que dejó a muchos hogares y centros de trabajo sin conexión fija y móvil, con la especial relevancia que está teniendo el acceso a la red durante el estado de alarma para mantener las telecomunicaciones, el teletrabajo, etc.

La empresa, tras la presentación de la reclamación por parte de FACUA Galicia, ha hecho público que va a entregar 20 gigas de datos gratis en todas las líneas de móvil a los usuarios que se vieron afectados por la interrupción del servicio. En este sentido, la asociación advierte de que esto no exime a la compañía de cumplir con la obligación de compensación que establece la normativa.

FACUA Galicia entiende que todos los usuarios que se vieron afectados por la caída del servicio tienen derecho a la compensación en caso de interrupciones que regula el Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, así como a los posibles daños y perjuicios que hayan sufrido.

Esta normativa, en su artículo 16, indica que "cuando, durante un período de facturación, un abonado sufra interrupciones temporales del servicio de acceso a Internet, el operador deberá compensar al abonado con la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas, prorrateadas por el tiempo que hubiera durado la interrupción". Además, "el operador estará obligado a indemnizar automáticamente al abonado, en la factura correspondiente al período inmediato al considerado" y esta compensación "se entiende sin perjuicio de la responsabilidad por daños que se produzcan a los usuarios finales".

Así, el artículo 1.101 del Código Civil recoge que "quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas", mientras que el artículo 1.106 establece que "la indemnización de daños y perjuicios comprende, no sólo el valor de la pérdida que hayan sufrido, sino también el de la ganancia que haya dejado de obtener el acreedor, salvas las disposiciones contenidas en los artículos siguientes".

La asociación, además, también reclama a la compañía R a que tome todas las medidas que sean necesarias para garantizar la continuidad en el servicio, evitando nuevas caídas e interrupciones, ya que resulta esencial durante el estado de alarma y la época de confinamiento para que los usuarios puedan mantener el contacto con familiares y amigos.

el operador estará obligado a indemnizar automáticamente al abonado, en la factura correspondiente al período inmediato al considerado

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