FACUA denuncia a Yoigo por incumplir la promesa de que nunca subiría sus tarifas

Aplica este 7 de mayo un incremento del 25% en el establecimiento de cada comunicación en su plan La del 0.

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Yoigo por incumplir el compromiso publicitario –y por tanto con valor contractual- de que nunca subiría sus tarifas. La compañía de telecomunicaciones móviles aplicará este 7 de mayo una gran subida al precio por el establecimiento de cada comunicación en uno de sus dos planes de tarifas.

El cuarto operador móvil con red propia encarecerá en un 25% la tarifa de establecimiento de llamada de su plan La del 0, pasando de los 12 céntimos más IVA (13,92) que aplicaba desde que salió al mercado a 15 céntimos (17,4 con IVA).

"Nunca subiremos las tarifas"

"Yoigo mola. Nunca subiremos las tarifas", prometía la empresa en una campaña publicitaria de 2007.

Desde su entrada en el mercado, Yoigo ha intentado labrarse una imagen basada en sus supuestas diferencias con otras compañías del sector, asegurando que su "misión" es tener "0 promesas rotas", que representa "el móvil, sin cuentos" y que todo lo que oferta es "verdad verdadera" y "verdad de la buena".

"Podemos dormir tranquilos. Porque no mentimos nunca", aseguraba Yoigo en otro de sus anuncios. Pero FACUA advierte que lo ha hecho y por eso ha denunciado a la empresa, entre otros organismos, ante el Instituto Nacional del Consumo (INC) del Ministerio de Sanidad y Política Social y la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid, donde tiene su sede social.

En sus denuncias, la asociación advierte que la publicidad tiene el valor de un contrato y pide a las administraciones que insten a Yoigo a cumplir el compromiso de que nunca subiría sus tarifas y valoren una sanción a la empresa.

¿Qué pueden hacer los usuarios?

FACUA advierte que Yoigo no ha cumplido las expectativas creadas en los usuarios, incurriendo con ello en publicidad engañosa, conforme a lo establecido en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.

Asimismo, ha incumplido las condiciones contractuales establecidas a través de su publicidad, con la consiguiente vulneración del artículo 1.124 del Código Civil. En él se establece además que "el perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación".

FACUA recomienda a los usuarios de la tarifa que experimenta la subida que denuncien a la empresa instándola a cumplir su publicidad, que tiene valor contractual. Asimismo, les recuerda que también tienen derecho a optar por exigir la baja sin pagar ningún tipo de penalización, ni siquiera una vinculada a la bonificación aplicada en la venta del teléfono móvil realizada por la compañía.

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