Tras la intervención de FACUA-Consumidores en Acción, su socia Consuelo Olmedo Vera ha conseguido que Endesa le devuelva 524,16 euros tras haberle estado cargando durante más de dos años continuas penalizaciones en las facturas mensuales por no tener instalado el interruptor de control de potencia (ICP) en su primera y segunda viviendas.
La usuaria, residente en Sevilla, desconocía que tenía que instalar el limitador de potencia porque Endesa incumplió la obligación legal de enviarle dos notificaciones para advertirle de esta obligación. Consuelo no reparó en que la estaban penalizando hasta que recibió una factura que le resultó extrañamente alta.
"Yo es que no me había enterado de nada; ni siquiera sabía qué era eso del ICP y menos aún que estaba pagando dinero de más en cada factura por no haber instalado ese aparato en los cuadros de la luz", recuerda la usuaria, que desconocía por completo que todas las instalaciones eléctricas deben contar por ley con un limitador de potencia.
"En octubre del año pasado me llamó mucho la atención que me viniera un recibo de la luz de más de 300 euros y fue por eso que me di cuenta de que ahí había algo raro que yo no sabía identificar. Fue entonces cuando acudí a FACUA, para que me explicaran por qué me estaban aplicando una penalización de 80 euros", explica la usuaria.
La normativa vigente establece un recargo en cada factura de la electricidad si pasados veinte días desde la segunda notificación el usuario no instala el ICP. Una penalización criticada por FACUA desde su puesta en marcha porque los nuevos contadores digitales ya incorporan el limitador de potencia y las eléctricas han incumplido los plazos legales establecidos para instalarlos. De hecho, la asociación denunció por ello a las principales distribuidoras en enero de 2011 y el Gobierno decidió no multarlas.
No hubo segunda notificación
La Orden ITC/1559/2010, de 11 de junio, en su disposición adicional segunda, establece que “transcurridos veinte días naturales desde la notificación sin respuesta del titular del contrato o su representante se procederá a realizar una segunda notificación por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado, debiéndose conservar la acreditación de la notificación efectuada".
Cuando FACUA solicitó a Endesa que facilitara las acreditaciones que dieran constancia de los envíos de todos esos requerimientos mediante carta certificada, su departamento de reclamaciones de Andalucía y Extremadura indicó que la clienta sólo había recibido uno de los dos avisos que por ley se le debía haber remitido
Finalmente, la distribuidora ha ordenado la anulación inmediata de todos los recargos cobrados hasta ese momento, la regularización de las facturas afectadas y la devolución de un total de 524,16 euros, cantidad que ha sido reintegrada en la cuenta bancaria de Consuelo. Asimismo, Endesa ya ha instalado nuevos contadores digitales en las viviendas de la usuaria.