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El bono social implica descuentos del 40, el 65 o el 80% sobre todos los elementos de la tarifa semirregulada PVPC.
En el consumo, estos descuentos estarán limitados a:
Bono social con descuentos del 40%
Tienes derecho a él:
- Si vives solo o con personas que no forman parte de lo que se considera "unidad de convivencia" a los efectos de tener derecho al bono, puedes acceder a él en el caso de que tu renta anual no supere los 16.800 euros (2 veces el Iprem de 14 pagas) y está por encima de los 12.600 euros (1,5 veces el Iprem de 14 pagas). Si está por debajo, tienes derecho a otro bono social con más descuentos.
- Si formas parte de una unidad de convivencia, el límite de ingresos de la unidad de convivencia aumentará en 2.520 euros (0,3 veces el Iprem de 14 pagas) por cada miembro adicional al titular del contrato que sea mayor de edad y en 4.200 euros (0,5 Iprem) por cada miembro menor de edad.
- Además, el límite de ingresos aumentará en otros 8.400 euros (1 Iprem) si algún miembro de la unidad familiar tiene discapacidad reconocida igual o superior al 33%, acredita la situación de violencia de género o víctima de terrorismo.
Bono social con descuentos del 65%
Tienes derecho a él:
- Si el titular del contrato está en posesión del título de familia numerosa.
- Si algún miembro de la unidad de convivencia percibe el Ingreso Mínimo Vital.
- Si todos los miembros de la unidad de convivencia con ingresos son pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
- Si vives solo o con personas que no forman parte de lo que se considera "unidad de convivencia" a los efectos de tener derecho al bono, puedes acceder a él en el caso de que tu renta anual no supere los 12.600 euros (1,5 Iprem).
- Si formas parte de una unidad de convivencia, el límite de ingresos de la unidad de convivencia aumentará en 2.520 euros (0,3 veces el Iprem de 14 pagas) por cada miembro adicional al titular del contrato que sea mayor de edad y en 4.200 euros (0,5 Iprem) por cada miembro menor de edad.
- Además, el límite de ingresos aumentará en otros 8.400 euros (1 Iprem) si alguno de los miembros de la unidad de convivencia tiene discapacidad reconocida igual o superior al 33%, es víctima de violencia de género o terrorismo, está en situación de dependencia reconocida de grado II o III, o la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor.
Bono social con descuentos del 80%
Tienes derecho a él:
- Si el titular del contrato tiene el título de familia numerosa y la renta anual de la unidad de convivencia no supera los 16.800 euros (2 Iprem).
- Si la renta anual de la unidad de convivencia no supera los 8.400 (1 Iprem) y todos los miembros con ingresos son pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
- Si vives solo o con personas que no forman parte de lo que se considera "unidad de convivencia" a los efectos de tener derecho al bono, puedes acceder a él en el caso de que tu renta anual no supere los 6.300 euros (0,75 Iprem).
- Si formas parte de una unidad de convivencia, el límite de ingresos de la unidad de convivencia aumentará en 1.260 euros (0,15 Iprem) por cada miembro adicional al titular del contrato que sea mayor de edad y en 2.026,57 euros (0,25 Iprem) por cada miembro menor de edad.
- Además, el límite de ingresos aumentará en otros 8.400 euros (1 Iprem) si alguno de los miembros de la unidad de convivencia tiene discapacidad reconocida igual o superior al 33%, es víctima de violencia de género o terrorismo, está en situación de dependencia reconocida de grado II o III, o la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor.
El contenido de esta página se actualizó por última vez en enero de 2023.
Se considera unidad de convivencia la constituida por todas las personas que residan en un mismo domicilio y que estén unidas entre sí por vínculo matrimonial o como pareja de hecho en los términos del artículo 221.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, o por vínculo de hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad, adopción, y otras personas con las que conviva en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
Son de primer grado de consanguinidad tus padres e hijos, y de primer grado de afinidad tu cónyuge, suegros, yerno o nuera. De segundo grado de consanguinidad estarían tus abuelos, nietos y hermanos, mientras que de afinidad serían cuñados y hermanastros, o abuelos y nietos de tu pareja.
Además, también estaría incluidos los menores adoptados y aquellos que convivan contigo en virtud de guarda con fines de adopción o por acogimiento familiar permanente.
En ningún caso, una misma persona podrá formar parte de dos o más unidades de convivencia.
Hay que tener el contrato con una de las denominadas comercializadoras de referencia, que ofrecen la tarifa semirregulada PVPC. El bono social se solicita a la propia compañía.
COMERCIALIZADORAS DE REFERENCIA (PVPC) | Teléfono | Online |
Baser Comercializadora de Referencia SA | 900902947 | Web |
Energía XXI Comercializadora de Referencia SLU | 800760333 | Web |
Teramelcor SL | 800007943 | Web |
Comercializador de Referencia Energético SLU |
900814023 | Web |
Régsiti Comecializadora Regulada SLU | 900101005 | Web |
Comercializadora Regulada, Gas & Power SA | 900370800 | Web |
Curenergía Comercializador de Último Recurso SAU | 900200708 | Web |
Energía Ceuta XXI Comercializadora de Referencia SA | 900106004 | Web |
Como documentación debes aportar el modelo de solicitud (disponible en la web de cada comercializadora de referencia), fotocopia del NIF o NIE del titular del punto de suministro -y, en su caso, de todos los miembros de la unidad de convivencia-, y el certificado de empadronamiento, individual o conjunto de todos los miembros de la unidad de convivencia.
Si no formas parte de una unidad de convivencia, entonces adjunta la hoja individual del Registro Civil o cualquier documento expedido por la autoridad competente que acredite tu estado civil.
En caso de formar parte de una unidad de convivencia, debes aportar el libro de familia o los certificados de nacimiento, matrimonio y/o inscripción como pareja de hecho (o cualquier documento público en el que conste la constitución de dicha pareja). Si procede, también la resolución judicial o administrativa que acredite el acogimiento. Las familias numerosas, además, deben aportar copia del título de familia numerosa en vigor.
Además, en caso de que te encuentres en una de las siguientes situaciones, debes aportar también un documento que acredite una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, ser víctima de violencia de género o del terrorismo, o una dependencia reconocida de grado II o III.
También debes aportar una fotocopia del libro de familia y del certificado de empadronamiento en caso de cumplir la circunstancia especial de que tu unidad familiar esté integrada por un único progenitor y, al menos, un menor.
Las comercializadoras de referencia tendrán un plazo de diez días desde que reciban toda la documentación para activar el bono social o denegarlo si no se ha acreditado el cumplimiento de los requisitos.
Si cumples los requisitos para acceder a las modalidades de bono social eléctrico con descuentos del 65% o el 80%, una vez que tu comercializadora te lo active también tendrás derecho a ser beneficiario del bono social térmico, una ayuda al pago de la energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria y/o cocina.
No debes realizar ningún trámite o solicitud para que te lo activen, ya que se te debe aplicar automáticamente. La ayuda es un pago único anual en tu cuenta corriente que te realizará tu comunidad autónoma. Su cuantía depende de tu grado de vulnerabilidad económica y la zona de España en la que residas, ya que se tiene en cuenta si en ella las temperaturas son más o menos extremas en determinadas épocas del año.
Este pago aumenta en un 60% para consumidores vulnerables severos o en riesgo de exclusión social.