El Tribunal Supremo ha confirmado la resolución de la Audiencia Nacional que reducía a 50.000 euros la multa inicial de cinco millones que le impuso la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por no atender las averías de otras operadoras que utilizaban su red.
Según ha publicado La Información, el Alto Tribunal ha desestimado el recurso que puso Competencia tras el dictamen de la Audiencia Nacional que dejaba la sanción en el 1% del total, el mínimo. La Audiencia Nacional entendió que no se trataba de una infracción "muy grave", como alegaba la CNMC, sino una leve por "incumplimiento de las obligaciones en materia de calidad del servicio".
En 2017, Competencia sancionó a Telefónica con cinco millones de euros al considerar que realizó una infracción muy grave en las obligaciones previstas en el mercado del alquiler de líneas al no responsabilizarse de una gran proporción de las averías en las líneas de los clientes de otros operadores, tachándolas de "averías falsas".
La compañía rechazó la sanción desde el primer momento y anunció su intención de recurrirla ante la Audiencia Nacional. El tribunal resolvió la cuestión en abril de 2019 con una sentencia favorable para la operadora en la que se reducía la sanción inicial a 50.000 euros por el incumplimiento de algunas de sus obligaciones, pero no de todas.
Posteriormente, fue la Abogacía del Estado la que recurrió esta sentencia ante el Tribunal Supremo, argumentando que no era necesario el incumplimiento de toda la regulación para que la sanción fuera muy grave. Finalmente, el Alto Tribunal ha ratificado la decisión de la Audiencia Nacional.